Disposición Nº 69/GCABA/HIFJM/17
Firmantes | Bertoldi - Nogueras |
Emisor | HOSPITAL DE INFECCIOSAS FRANCÍSCO J. MUÑIZ |
VISTO
el Expediente N° 19168461/17 y los términos de Ley N° 2095 (texto consolidado por
Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N°
114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, la Resolución
Conjunta N° 9-MHGC-MJGGC-SECLYT/11, las Resoluciones N° 596/MHCG/l 1 y N°
1160/MHGC/l 1, las Disposiciones N° 115-DGCYC-11 y N° 119/DGCYC-11, el E.E. N°
2726712-MGEYA-HNBM-2014 B.A.C.; y
CONSIDERANDO:
Que, por la citada actuación tramita el Proceso de Compra N° 423-2319-CME17 para
la ADQUISICIÓN DE SUTURAS Y DESCARTABLES con destino a la División
Farmacia del Hospital de Infecciosas Fco. J. Muñiz;
Que, obra Solicitud de Gastos N° 423-3592-SG17 debidamente valorizada y su
correspondiente afectación presupuestaria para el presente ejercicio;
Que, en virtud de los términos de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454),
el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su
modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, la Directora del Hospital de Infecciosas
Francisco Javier Muñiz, mediante Disposición N° 240/HIFJM/2017 llamó a Proceso de
Compra 423-2319-CME17 para el día 08/09/2017 a las 11:00 hs. al amparo de lo
establecido en el Artículo N° 38 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N°
5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016
y su modificatorio Decreto N° 411/GCBA/2016, y presta conformidad al Pliego de
Cláusulas Particulares y Especificaciones Técnicas;
Que, según surge del acta de apertura se presentaron trece (13), ofertas de las firmas:
RAUL JORGE POGGI, DROGUERIA FARMATEC S.A., SUIZO ARGENTINA S.A.,
CARDIOMEDIC S.A., CIRUGIA ARGENTINA S.A., 20 DE JUNIO S.R.L., DROGUERIA
MARTORANI S.A., FOC S.R.L., SUTURAS ARGENTINAS S.R.L., EGLIS S.A.,
CARDIOPACK ARGENTINA S.A., DROGUERIA ARTIGAS S.A. y EURO SWISS S.A.
Que obra el Acta de Asesoramiento Técnico efectuada por el Jefe de Sección
Droguería Carlos D. Fornari;
Que, en función al Cuadro Comparativo de Precios resulta conveniente adjudicar a las
firmas: CARDIOMEDIC S.A. (RENGLON N°1, 2, 4 opc. 2, 5 opc. 2 y 6 opc. 2) ,
CARDIOPACK ARGENTINA S.A (RENGLON N° 3) Y DROGUERIA FARMATEC S.A
(RENGLON N° 9) de conformidad a lo dispuesto por el Artículo N° 108 de la Ley N°
2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto Reglamentario N° 95/14,
modificado por Decreto N° 114/GCBA/2016 y su modificatorio Decreto N°
411/GCBA/2016;
Por ello, en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 2095...
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