Disposición N° 69-AGIP/18

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición27 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 – AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.º 69/AGIP/18
Buenos Aires, 20 de abril de 2018
VISTO:
La Ley N° 471 (texto consolidado según Ley N° 5.666) y su reglamentación, la
Resolución N° 366/AGIP/16, el Expediente Electrónico N° 9.566.975/DGR/2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto tramita la solicitud de la extensión de la
licencia por maternidad, sin goce de haberes, formulada por la agente Paola Florencia
Alegre, CUIL Nº 23-31685497-4, FC Nº 475.350, quien revista en el Departamento D
de la Dirección Fiscalización 2 dependiente de la Subdirección General de
Fiscalización de la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental
de Ingresos Públicos, a partir del 18/04/2018 hasta el 17/06/2018, ambos inclusive;
Que el beneficio peticionado se encuentra previsto en el Artículo 23 de la Ley Nº 471
(texto consolidado según Ley N° 5.666);
Que por Resolución N° 366/AGIP/16 el suscripto se encuentra facultado a dictar y
suscribir los Actos Administrativos inherentes a las licencias previstas en la Ley N° 471
(texto consolidado según Ley N° 5.666);
Que analizada la solicitud se estima procedente dictar el acto administrativo dando
lugar a lo peticionado.
Por ello, y en uso de sus facultades,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL
TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y DE GESTIÓN OPERATIVA
DE LA ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE
Articulo 1°.- Otórgase la extensión de la licencia por maternidad sin goce de haberes,
requerida por la agente Paola Florencia Alegre, CUIL N° 23-31685497-4, FC N°
475.350, quien revista en el Departamento D de la Dirección Fiscalización 2
dependiente de la Subdirección General de Fiscalización de la Dirección General de
Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, a partir del
18/04/2018 hasta el 17/06/2018, ambos inclusive.
Artículo 2°.- Regístrese, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la
Dirección General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda
y al Departamento Recursos Humanos de la Dirección Gestión Operativa y de
Personal de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, debiendo este
último practicar fehaciente notificación de la presente a la agente precitada.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cumplido, archívese. Fernández
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5363 - 27/04/2018

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