Disposición N° 683/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 683/DGIUR/18
Buenos Aires, 24 de abril de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 10.797.360/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Com. Min. De artículos de instrumentos de precisión, científicos,
musicales, ortopedia" y "Com. Min. De máquinas de oficina, cálculo, contabilidad,
computación, informática" para el inmueble sito en la calle Cochabamba Nº 434 PB -
PA, con una superficie a habilitar de 417,88 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 4d del Distrito APH 1 "Área de
Amortiguación" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449,
Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
11429908-DGIUR-2018, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que los usos consignados permitidos en la ZONA d del Cuadro de Usos 5.4.12.1.del
Código de Planeamiento Urbano: "Comercio minorista de Art. de Deporte, Armería y
Cuchillería, Ortopedia, Instrumentos de precisión, científicos y musicales - Símbolos
patrios, medallas y trofeos. (Se admite como actividad complementaria un taller de
reparación que integre la unidad de uso, sin superar el 20% del total de la superficie
total de la unidad de uso, salvo que estuviera permitida como actividad
independiente)." con la referencia Permitido hasta 750 m2 y "Comercio minorista de
Máquinas de oficina, cálculo, contabilidad, computación, informática - Aparatos y
equipos de telefonía y comunicación." Resulta Permitido;
Que respecto a la localización de publicidad, no corresponde su visado según lo
declarado en Nº de Orden 13;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Com. Min. De artículos de instrumentos de precisión, científicos, musicales,
ortopedia" y "Com. Min. De máquinas de oficina, cálculo, contabilidad, computación,
informática" para el inmueble sito en la calle Cochabamba Nº 434 PB - PA, con una
superficie a habilitar de 417,88 m², (Cuatrocientos diecisiete metros cuadrados con
ochenta y ocho decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente
que resulte de aplicación para el presente caso.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5369 - 09/05/2018

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