Disposición N° 68/SAISSP/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 68/SAISSP/18
Buenos Aires, 3 de mayo de 2018
VISTO:
La Ley Nº 5.688, la Resolución Nº 82/ISSP/12, las Notas Nº 11070951/SAISSP/18 y Nº
11742947/SAISSP/18 y el Expediente Electrónico N° 11276340/MGEYA/SGISSP/18, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del
Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en lo
referente a su composición, misión, función y dirección, coordinación y funcionamiento,
así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y
control de las políticas y estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados en todo el sistema y la producción de conocimientos científicos y técnicos
sobre seguridad;
Que el Artículo 357 de la Ley N° 5.688 establece que " El Instituto Superior de
Seguridad Pública tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar
funcionalmente al personal de la policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los
funcionarios responsables de la formulación, implementación y evaluación de las
políticas y estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración
general del sistema policial, a todos los sujetos públicos y privados vinculados con los
asuntos de la seguridad, así como la investigación científica y técnica en materia de
seguridad ciudadana...";
Que la formación y capacitación del personal policial, en general, tiende a la
profesionalización y a la especialización del desempeño policial teniendo en cuenta las
competencias funcionales necesarias para el desempeño eficiente del cargo;
Que el Artículo 370 de la Ley antes citada, prescribe que la capacitación consiste "...
en el adiestramiento, entrenamiento, perfeccionamiento y actualización permanente a
lo largo de toda la carrera profesional y está asentada en la producción de
capacidades y competencias específicas derivadas de las tareas básicas propias de
los perfiles y especialidades policiales";
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública desarrolla actividades educativas bajo
variadas modalidades para continuar la capacitación, actualización y especialización
del personal policial;
Que la Cláusula Transitoria Primera de la Ley N° 5.688 determinó que los reglamentos
de las leyes que se derogan por su artículo 522, mantienen su vigencia hasta tanto
sean modificados, sustituidos o derogados por otras normas;
Que la Resolución Nº 82/ISSP/12, en su Artículo 13 aprobó el "Curso de Operador
Básico de Armas Policiales";
Que mediante la Nota Nº 1107951/SAISSP/18, el Sr. Director de Especialización
Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública, solicitó a esta instancia
autorización para la realización del "Curso de Operador Básico de Armas Policiales" a
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5369 - 09/05/2018

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