Disposición N° 68-DGSPR/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición13 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 68/DGSPR/18
Buenos Aires, 27 de febrero de 2018
VISTO:
La Ley N° 5688 (B.O. N° 5030) y 5914 (B.O. N° 5282), y las Disposiciones N° 217-
DGSSP/2003, N° 236-DGSSP/2004, N° 367-DGSSP/2005, N° 374-DGSP/2006 y N°
415-DGSP/2006, N° 447-DGSPR/2007, N° 315-DGSPR/2009, N° 324-DGSPR/2011,
N° 382-DGSPR/2013, Nº 74-DGSPR/2016 y la Carpeta N° E482507, y,
CONSIDERANDO:
Que la empresa ELE SEGURIDAD S.A. con domicilio real y constituido en la calle
Lavalle N° 1123, Piso 5°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido habilitada
oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en Jurisdicción de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición N° 217- DGSSP/2003;
Que la empresa en cuestión, la cual gira comercialmente bajo la denominación "ELE!
SEGURIDAD", presentó oportunamente Título de Marca expedido por el Instituto
Nacional de la Propiedad Industrial bajo el N° 2.889.570 a favor de Damonte, Diego
Emilio, concedida hasta el 26/05/2027, mediante Disposición N° 124/17, y que
asimismo acompañó la correspondiente autorización a favor de "ELE SEGURIDAD
S.R.L.";
Que proximo a vencer el plazo de su última habilitación el día 28/02/2018, la
interesada solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en
su Artículo 439, con autorización al uso de armas de fuego: Punto 1, Incisos a), y, b), y
sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Inciso a), b), y, c);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo
establecen los Arts. 450, punto 3, y 461, punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos del Art. 458 y concordantes de la mencionada Ley, al señor Eduardo Jose
Damonte, titular del D.N.I. Nº 4.306.140
Que asimismo acompañó Certificado de Usuario Colectivo N° 217.393, el cual posee
vigencia hasta el día 01/05/2020 y que fuera expedido en Legajo N° 9760604, de la
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688 para concederle la renovación de su habilitación como prestadora de servicios
de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para otorgarle
el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I
Artículo 183, Punto 18, de la Ley 5914, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos años contados a partir del día
01/03/2018;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5333 - 13/03/2018

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