Disposición N° 68/DGRYGIEG/21

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico y Producción
Fecha de la disposición15 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.° 68/DGRYGIEG/21
Buenos Aires, 10 de junio de 2021
VISTO: Las Leyes N° 2.095 (texto consolidado en Ley N° 6.347) y N° 6.292 (texto
consolidado en Ley N ° 6.347); el Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios, el
Decreto N° 74/GCABA/21; la Disposición N° 31-DGRYGIEG/2020, el Expediente
Electrónico N° EX-2020- 07377554-GCABA-DGABRGIEG, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente Electrónico mencionado en el Visto tramitó el contrato de
locación administrativa del inmueble sito en la calle Avenida Don Pedro de Mendoza
3865/3873/3875/3877/3879/3881 y calle Herrera 2340/2380, entre la Av. Montes de
Oca y Herrera, inscripto en la matrícula FR 3-7423 (Nomenclatura catastral:
Circunscripción 3; Sección 18; Manzana 128; Parcela 10h) con destino a depósito
dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que mediante la Disposición N° 31-DGRYGIEG/2020 se aprobó el Contrato de
Locación Administrativa del inmueble en cuestión, por un período de treinta y seis (36)
meses contados a partir del día 1 de octubre de 2019, venciendo por consiguiente el
día 30 de septiembre de 2022;
Que en la cláusula cuarta del mencionado contrato se acordó un período de gracia
para el primer año y el valor del canon locativo para el primer semestre del segundo
año, conviniendo que para los posteriores semestres las partes fijarán nuevo valor
previa tasación del Banco Ciudad de Buenos Aires;
Que, a los fines de acordar el canon locativo a abonarse durante el segundo semestre
del segundo año y el primer semestre del tercer año, de conformidad con lo previsto
por el Decreto Nº 74/21, artículo 28 inc. 12º pto. f) del Anexo I, que reglamenta la Ley
2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347), se requirió al Banco Ciudad de Buenos
Aires la tasación pertinente;
Que se consensuó con el locador el canon locativo para el segundo semestre del
segundo año en la suma total de PESOS VEINTIUN MILLONES ($21.000.000)
pagadero en 2 pagos trimestrales, cada uno de ellos de PESOS DIEZ MILLONES
QUINIENTOS MIL ($10.500.000); y el canon locativo para el primer semestre del
tercer año en la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL
($25.200.000) pagadero en 2 pagos trimestrales, cada uno de ellos de PESOS DOCE
MILLONES SEISCIENTOS MIL ($12.600.000);
Que por un error material involuntario mediante la Disposición N° 63-DGRYGIEG/2021
se consideró y aprobó erróneamente el canon locativo para el tercer año de contrato
cuando correspondía para el segundo semestre del segundo año y el primer semestre
del tercer año, y por ello corresponde dejarla sin efecto junto con su Anexo;
Que se ha tomado el compromiso definitivo del gasto;
Que, a los fines de proceder a materializar el acuerdo arribado, resulta pertinente
dictar el acto administrativo que apruebe la Adenda a la Cláusula Adicional por la cual
se establece el monto del valor locativo para los periodos referidos.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por la normativa citada,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6149 - 15/06/2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR