Disposición N° 68/DGADCYP/19

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 1 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 68/DGADCYP/19
Buenos Aires, 25 de febrero de 2019
VISTO:
La Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto Reglamentario Nº
95/14 de aplicación a tenor de lo establecido en el artículo 3° del Decreto
Reglamentario 326/17, el Decreto N° 287/18, el Expediente Electrónico Nº
18.517.625/MGEYA-DGADC/14 y fusionado Nº 6.028.103/MGEYA-MSGC/15, y
CONSIDERANDO:
Que por los actuados citados en el Visto tramitó la Contratación Menor Nº 401-0541-
CME14 gestionada bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC) para la "Adquisición
de Insumo para el Proyecto Morgues dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno
de la Ciudad de Buenos Aires";
Que por Disposición N° 9-DGPLYP/15 se aprobó y adjudicó la citada contratación a la
firma WELLPACK S.A. CUIT Nº 30-70819546-0 y, en consecuencia, se emitió la
Orden de Compra N° 401-0458-OC15 la cual fue perfeccionada el día 27 de febrero de
2015;
Que, el plazo para la entrega de los insumos objeto de la contratación se fijó en veinte
(20) días, computados desde el perfeccionamiento del contrato, operando por ende el
vencimiento el día 31 de marzo de 2015;
Que asimismo en la documentación que rigió la contratación se estableció como lugar
de entrega Av. Suarez N° 2214 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previa
coordinación con la Coordinación del Proyecto Morgues;
Que la firma WELLPACK S.A. mediante Registro N° RE-2015-04882937-DGADC
solicitó una prórroga por un plazo de veinte (20) días hábiles por la demora en la
entrega de dicha mercadería por parte de sus proveedores;
Que sin perjuicio de ello, mediante Nota N° NO-2015-05872354-MSGC obrante en
Expediente Electrónico Nº 6.028.103/MGEYA-MSGC/15, la Coordinación del Proyecto
Morgues informo que, por indicación de la repartición solicitante, los insumos fueron
recibidos el día 6 de abril de 2015, en "Talleres Protegidos", calle Dávila 702, CABA;
Que en virtud de la naturaleza de la presente gestión, resulta de aplicación el Artículo
-Facultades y obligaciones del órgano contratante- de la Ley N° 2095 (texto
consolidado por Ley N° 6017) en cuanto establece en su inciso a "...La prerrogativa de
interpretar los contratos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos,
decretar su caducidad, rescisión o resolución, por razones de oportunidad, mérito o
conveniencia, determinando el alcance de éstas. El uso de esta prerrogativa no genera
derecho a indemnización en concepto de lucro cesante;"
Que, conforme surge del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera, y
la constancia del estado de facturación vinculada al actuado, la factura presentada en
la contratación que nos ocupa se encuentra pagada;
Que a tenor de los antecedentes de la contratación, debe tenerse por prorrogado el
plazo de ejecución de la Orden de Compra N° 401-0458-OC15 y por modificado el
lugar de entrega, y, en consecuencia, por cumplida la Orden de Compra;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5570 - 01/03/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR