Disposición N° 664/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición10 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 664/DGIUR/21
Buenos Aires, 5 de mayo de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 08.230.800-21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea de Frente Interno e Interno de Basamento para el predio de la calle Fitz Roy Nº
1108 esq. calle Loyola N° 1405 (Sección 033- Manzana 044- Parcela 026);
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2021-12335807-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea de Frente Interno y
Línea Interna de Basamento conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en un área
especial individualizada Arquitectura Especial AE26 Pasajes de la Ciudad,
correspondiente al pasaje Dr. Benjamín Canard (s/Artículo 4.1.20 Anexo II del
Código Urbanístico), por lo que corresponde el trazado de la Línea Interna de
Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Castillo, Fitz Roy, Loyola y
Bonpland y al pasaje Dr. Benjamín Canard. Dicha manzana posee un frente de 56.99
m sobre la calle Castillo, un frente de 20.48 m sobre la calle Fitz Roy, un frente de
110.79 m sobre la calle Loyola, un frente de 100.08 m sobre la calle Bonpland y un
frente con los siguientes tramos: 16.32 m, 8.63 m, 8.70 m, 8.72 m , 8.73 m, 8.61 m,
8.48 m, 8.81 m, 8.70 m, 4.42 m y 5.98 m sobre el pasaje Dr. Benjamín Canard; todos
ellos medidos en las intersecciones de las respectivas Líneas Oficiales (L.O.).
Asimismo, computa una superficie total de 9347.00 m 2 , de acuerdo a Consulta de
registro catastral obtenida por sistema interno Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para la unidad de afectación
(AE26) en el Artículo 4.1.20 del Anexo II de dicho Código Urbanístico, la mencionada
Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera factible proceder a trazar la Línea
Interna de Basamento (L.I.B.) -conforme al grafico que adjunta-, ya que resulta en una
no afectación a la parcela en cuestión;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea de Frente
Interno y Línea Interna de Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el
Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6120 - 10/05/2021

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