Disposición N° 66/DGGAYE/21

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición23 de Agosto de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 66/DGGAYE/21
Buenos Aires, 13 de agosto de 2021
VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires Artículos 103, 104 y ccs, la Ley
5460 y su modificatoria 5503, el Código de Edificación, los Decretos Nº 1510/97,
55/10, 363/15, 396/12, 369/16 y 207/17; EE EX-2021-23487702-GCABA-DGGAYE;
CONSIDERANDO:
Que el día 4 de agosto del corriente año la Arquitecta Carolina Torres, profesional de la
Gerencia Operativa Técnica de la Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, concurrió al inmueble ubicado en la calle
Santa Magdalena N° 521/525, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos de
realizar una inspección edilicia sobre dicha finca;
Que de acuerdo al informe técnico elaborado posteriormente por la Gerencia
Operativa Técnica de esta DGGAyE “se trata de un inmueble entre medianeras de
planta baja y un piso superior, destinado a vivienda. Posee estructura de hormigón
armado y mampostería de cerramiento";
Que a continuación detalla que “el día 03/08/2021 la finca sita en la calle Santa
Magdalena 531/41 se vio afectada por un incendio generalizado, que provocó el
colapso parcial de la estructura y mampostería componente del mismo”;
Que en la inspección visual se pudo constatar “grietas y rajaduras en distintos sectores
del inmueble afectando la estructura. Además la pared medianera y la edificación
lindera siniestrada presentaban inestabilidad estructural”;
Que como resultado de lo verificado, al no encontrarse dadas las condiciones mínimas
de seguridad estructural, la profesional interviniente procedió a la clausura inmediata y
preventiva de la totalidad del inmueble, medida que fue comunicada mediante
Notificación de Clausura N° 569/DGGAyE/2021 y asentada en el libro de Clausura con
N° 047/DGGAyE/2021;
Que las obras pertinentes a los fines de la regularización del inmueble deberán ser
realizadas bajo la supervisión de un profesional matriculado, que tome a su cargo las
tareas de restablecer las condiciones de seguridad de la edificación y toda su
estructura, y hacia los habitantes de la propiedad y/o personas que circulan por el
lugar;
Que la medida ha sido efectuada de conformidad con lo previsto por los Decretos Nº
1510/97 en su Artículo 12º y Decretos Nº 660/11 y 369/16, y el Artículo 5.2 del Código
de Edificación; en consecuencia deviene necesario dictar el acto administrativo
correspondiente;
Por ello:
EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCIÓN GENERAL
GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS
DISPONE:
Artículo 1º: Ratificar la clausura total por motivos de seguridad estructural del inmueble
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6198 - 23/08/2021

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