Disposición N° 65/DGSPCB/21

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición29 de Marzo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 65/DGSPCB/21
Buenos Aires, 22 de marzo de 2021
VISTO: Las Leyes N° 5688 (B.O. N° 5030), y, N° 6383 (B.O. 6024), los Decretos N°
446/06 y N° 394/14, las Disposiciones N° 278-DGSPR/2016, N° 288-DGSPR/2018, y
N° 224-DGSPCB/20, la Carpeta E114717, y;
CONSIDERANDO:
Que la empresa GLOBAL PROTECTION SERVICE S.A., mediante Disposición Nº
224-DGSPCB/2020, ha sido habilitada a partir del 31/07/2020 por el término de dos
años, para prestar servicios de seguridad privada en las categorías establecidas de la
Ley 5688,por el Artículo 439, sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2,
Incisos a), b), y, c);
Que la interesada denuncio con domicilio real en calle Alvear N° 577, Quilmes,
Provincia de Buenos Aires y constituido en la calle Freire N° 2280, Piso 3°, Dpto. “B”,
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitada oportunamente para
prestar servicios de seguridad privada en Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires; designando como su Director Técnico titular al señor Russo Sergio,
D.N.I. Nº 11.546.807;
Que la firma de referencia solicitó la ampliación de su habilitación, a fin de que se la
autorice a prestar servicios en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688, Artículo
439º, Punto 1- Servicios con autorización de uso de armas de fuego- Incisos a), y, b);
Que la solicitante ha acreditado en forma fehaciente encontrarse inscripta como
Usuario Colectivo de Armas, conforme Certificado Nº 218.895, con vencimiento en
fecha 01/02/2026, otorgada en Legajo Nº 9762173;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante,
surge que reúne los requisitos exigidos por la Ley Nº 5688 para concederle la
ampliación de la habilitación en las categorías requeridas.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES
DISPONE
Artículo 1º.- Ampliar los términos de la Disposición N° 224-DGSPCB/20, autorizando a
la firma GLOBAL PROTECTION SERVICE S.A., a prestar servicios de seguridad
privada en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en su Artículo 439, Punto 1-
Servicios con autorización de uso de armas de fuego- Incisos a) Los de custodias
personales, mercaderías en tránsito excepto el transporte de caudales regulado por la
Ley Nacional Nº 19.130 y en depósitos, y, b) Los de vigilancia privada en lugares fijos
sin acceso al público.
Artículo 2º.- La ampliación dispuesta en el artículo precedente no modifica el plazo de
habilitación establecido en la Disposición antes mencionada, el cual vencerá
indefectiblemente el día 30/07/2022.
Artículo 3º.-Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada y Custodia de Bienes la
ampliación concedida en el artículo primero.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6087 - 29/03/2021

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