Disposición N° 64/DGADCYP/21

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición29 de Marzo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 64/DGADCYP/21
Buenos Aires, 23 de marzo de 2021
VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6347) los Decretos Nros. 326-
GCABA/17, N° 287- GCABA/18, 168-GCABA/19, 207-GCABA/19 y 74-GCABA/21, el
Expediente Electrónico N° 26.245.980/MGEYA-DGADCYP/18, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto tramitó la Licitación Pública N° 401-1446-LPU18
gestionada bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), para la contratación del
“Servicio de Reparación Integral y Mantenimiento Integral de los dos (2) Ascensores
del edificio administrativo del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, sito en Carlos Pellegrini 313 C.A.B.A.” por un plazo de veinticuatro
(24) meses;
Que por Disposición N° 207-DGADCYP/18 se aprobó el citado procedimiento y se
adjudicó la contratación a la firma ASCENSORES TESTA S.A. por la suma total de
PESOS NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL ($ 924.000.-) emitiéndose, en
consecuencia, la Orden de Compra N° 401-20114-OC18;
Que el plazo de la prestación servicio de reparación integral de los ascensores -
renglón 1- se estableció en sesenta (60) días corridos y del servicio mantenimiento -
renglón 2- se fijó por el término de veinticuatro (24) meses, operando su vencimiento el
día 31 de enero de 2021;
Que, posteriormente, por Disposición N° 272-GCABA-DGADCYP/20 se autorizó la
prórroga del citado contrato por el plazo de dos (2) meses y se emitió la Orden de
Compra N° 401-14480-OC20 cuyo vencimiento operará el 1 de abril del corriente año;
Que previo al vencimiento del citado contrato, a fin de no discontinuar el servicio de
mantenimiento, la Dirección General Recursos Físicos en Salud mediante Nota N° NO-
2021-05843830-GCABA-DGRFISS solicitó una nueva prórroga por el término de
veintidós (22) meses;
Que en virtud de la naturaleza de la gestión que nos ocupa y lo establecido en el
Pliego BAC, resulta de aplicación lo contemplado en el artículo 110 inciso III) -
Facultades del Organismo Contratante- de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley
N° 6347) el cual establece que una vez perfeccionado el contrato, el organismo
contratante puede:”... III) Prorrogar cuando así se hubiere previsto en el Pliego de
Bases y Condiciones Particulares, los contratos de suministros de cumplimiento
sucesivo o de prestación de servicios, a su vencimiento, por un plazo igual o menor del
contrato inicial, no pudiendo el plazo de la prórroga superar al plazo de vigencia
original del contrato”;
Que, a tenor de lo precedentemente expuesto, resulta procedente la prórroga del
renglón 2 de la Orden de Compra N° 401-20114-OC18 por el plazo veintidós (22)
meses, por la suma total de PESOS SEISCIENTOS DIECISEIS MIL ($616.000.-) a
valores del contrato original;
Que, en ese contexto, y al amparo de la normativa invocada, la gestión que se propicia
importa el ejercicio por parte de la Administración del ius variandi en forma unilateral y
de carácter obligatorio para el co-contratista;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6087 - 29/03/2021

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