Disposición N° 639/DGHCT/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición29 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 639/DGHCT/18
Buenos Aires, 21 de agosto de 2018
VISTO:
La Ordenanza N° 47.561, el Decreto 167/98, el Expediente N° 18717324/2018,
Expediente Nº 21103703-DGHCT-18, y
CONSIDERANDO:
Que el señor OLIVARES NEYRA CARLOS CELY, D.N.I. Nº 94.018.451, en su
carácter de socio gerente de la empresa "TRANSPORTE XXI S.R.L., titular de la
agencia de remises denominada "REMISES TRANSPORTE XXI", con domicilio en la
calle Fraga Nº 727 PB UF 0002, se presenta requiriendo la inscripción de dicha
Agencia en el Registro Único de Remises (RUREM);
Que a dichos fines se ha formado el expediente de referencia, y su solicitud se
encuentra enmarcada en los términos de la Ordenanza Nº 47.561 que regula la
materia;
Que en consecuencia, corresponde hacer lugar a dicha petición, sin perjuicio de
sujetar la inscripción definitiva de la Agencia en cuestión en el RUREM, a la
habilitación del mínimo de vehículos establecido en el artículo 10 del Decreto 167/98 y
dentro del plazo allí establecido;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
HABILITACIÓN de CONDUCTORES y TRANSPORTE
DISPONE:
Artículo 1°.- Inscríbase la Agencia de remises denominada "REMISES TRANSPORTE
XXI" en el Registro Único de Remises (RUREM), a cuyo fin se le asigna el Nº 1835 y
se autoriza a su titular a efectuar las tramitaciones pertinentes ante la empresa SGS
ARGENTINA S.A., quien expedirá la documentación que corresponda.
Artículo 2°.- La inscripción definitiva de la Agencia en cuestión en el Registro Único de
Remises (RUREM), quedará sujeta a la habilitación de un mínimo de cinco (5)
vehículos que se afecten al servicio, trámite que deberá realizarse inexcusablemente
dentro del plazo de treinta (30) días corridos establecidos en el artículo 10º del Decreto
167/98, y una vez cumplida la habilitación del mínimo de vehículos la, la inscripción
definitiva operará automáticamente.
Artículo 3º.- La falta de cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2º de la presente
importará la baja automática de la inscripción de la Agencia en cuestión en el Registro
Único de Remises (RUREM).
Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
notifíquese al interesado y comuníquese a la empresa concesionaria SGS
ARGENTINA S.A. a los efectos de su acabado cumplimiento. Cumplido, archívese.
Nilles
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5445 - 29/08/2018

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