Disposición N° 633/HGAPP/19

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 8 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N633/HGAPP/19
Buenos Aires, 13 de noviembre de 2019
VISTO: La orden de compra N° 426-17179-OC19 y la nota presentada por la firma
EGLIS S.A. con fecha 30/10/2019;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Orden de Compra N° 426-17179-OC19 se contrató la adquisición de
24 (veinticuatro unidades) de formula láctea cuyo vencimiento opera el día 22/04/2020
y con un plazo de entrega de 180 días corridos;
Que, el proveedor presentó nota con fecha 30/10/201 notificando el no cumplimiento
de la Orden de Compra por error de tipeo al confeccionar la oferta;
Que, independientemente de los motivos expuestos por el proveedor, el Hospital no
podrá contar en el tiempo programado con los insumos contratados;
Que, corresponde rescindir en forma total y aplicar una penalidad según lo establecido
en el Art. 129 y Art. 99 de la Ley N° 2095/06.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos N° 9 Inciso d) de la Ley
N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su
Decreto reglamentario N° 754-GCBA-2008;
EL DIRECTOR
DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO
DISPONE:
Artículo 1°.- Rescíndase en forma total la Orden de Compra N° 426-17179-OC19 de la
firma EGLIS S.A.- CUIT 30-59401076-7 por un importe de PESOS SIETE MIL
SETECIENTOS DIEZ CON 24/100 ($7.710,24) con aplicación de las penalidades
correspondientes al amparo de los establecido en los Art. 129 de la Ley 2095/06 y su
Decreto Reglamentario 754/08.
Artículo 2°.- Impónese a la firma EGLIS S.A.- CUIT 30-59401076-7, una multa de
PESOS SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL CON 02/100 ($771,02) de acuerdo a lo
establecido en el Art. 99 de la Ley 2095/06 y su Decreto Reglamentario 754/08.
Artículo 3º.- Pase a la Subgerencia Operativa Gestión Administración General la que
notificará fehacientemente a la firma respectiva de los términos de la presente (Conf.
Capítulo VI Art. 60/65 del DNU N°1510/97- BOCBA N°310), y a la sección Compras y
Contrataciones el cual deberá cumplimentar el procedimiento previsto en el Art. 135°
de la Ley N°2095/06 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires para la caratulación del respectivo Legajo Único (Conf. Disposición N°146-
DGCyC- 2009- BOCBA N°3271).
Artículo 4°.-Publíquese en el Boletín Oficial de acuerdo a lo establecido en la
Disposición N° 222-DGCyC-17.
Artículo 5°.- Remítase la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a
fin que proceda a deducir los importes correspondientes. Rivero
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5775 - 08/01/2020

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR