Disposición N° 630/HGAPP/19

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 8 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N630/HGAPP/19
Buenos Aires, 11 de noviembre de 2019
VISTO: la Orden de Compra Nº 426-7575-OC18 y,
CONSIDERANDO
Que, mediante la Orden de Compra Nº 426-7575-OC18 se contrató la adquisición
material de odontología para el Servicio de Odontología;
Que, el vencimiento de la Orden de Compra operó el día 13-06-2019;
Que, el proveedor no cumplimentó en su totalidad el renglón Nº 22 quedando una (1)
unidad sin entregar;
Que, con posterioridad a lo mencionado en los párrafos anteriores no se registra
entrega alguna de mercadería por parte del proveedor;
Que, para el cumplimiento de la totalidad de la Orden de Compra no se registra
presentación alguna por parte del proveedor declarando la imposibilidad de su
cumplimiento en tiempo y forma ni solicitando su correspondiente prórroga;
Que, corresponde rescindir en forma parcial y aplicar una penalidad según lo
establecido en el Art. 129 y Art. 99 de la Ley Nº 2095/06.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos N° 9° Inciso d) de la
Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
su Decreto reglamentario Nº 754-GCBA-2008;
"EL DIRECTOR
DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO"
DISPONE:
Artículo 1º.- Rescíndase en forma parcial la Orden de Compra Nº 426-7575-OC18 de
la firma CONCEPTO DENTAL TRADE S.R.L. - CUIT 30-70901727-2 por un importe de
PESOS TRESCIENTOS DIEZ ($ 310,00) con aplicación de las penalidades
correspondientes al amparo de lo establecido en los art. 129 de la Ley 2095/06 y su
Decreto Reglamentario 754/08.
Artículo 2º.- Impónese a la firma CONCEPTO DENTAL TRADE S.R.L. - CUIT 30-
70901727-2, una multa de PESOS TREINTA Y UNO ($ 31,00) de acuerdo a lo
establecido en el Art. 99 de la Ley 2095/06 y su Decreto Reglamentario 754/08.
Artículo 3°.- Pase a la Subgerencia Operativa Gestión Administración General la que
notificará fehacientemente a la firma respectiva de los términos de la presente (Conf.
Capítulo VI Art. 60/65 del DNU Nº 1510/97 - BOCBA Nº 310), y a la Sección Compras
y Contrataciones el cual deberá cumplimentar el procedimiento previsto en el Art. 135°
de la Ley N° 2095/06 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires para la caratulación del respectivo Legajo Único (Conf. Disposición Nº 146-
DGCyC-2009 - BOCBA Nº 3271).
Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de acuerdo a lo establecido en la
Disposición Nº 222-DGCYC-17.
Artículo 5º.- Remítase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda
a fin que proceda a deducir los importes correspondientes. Rivero
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5775 - 08/01/2020

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