Disposición N° 63/DGRYGIEG/21

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico y Producción
Fecha de la disposición 7 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.º 63/DGRYGIEG/21
Buenos Aires, 2 de junio de 2021
VISTO: Las Leyes N° 2.095 (texto consolidado en Ley N° 6.347) y N° 6.292 (texto
consolidado en Ley N ° 6.347); el Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios, el
Decreto N° 74/GCABA/21; la Disposición N° 31-DGRYGIEG/2020, el Expediente
Electrónico N° EX-2020- 07377554-GCABA-DGABRGIEG, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente Electrónico mencionado en el Visto tramitó el contrato de
locación administrativa del inmueble sito en la calle Avenida Don Pedro de Mendoza
3865/3873/3875/3877/3879/3881 y calle Herrera 2340/2380, entre la Av. Montes de
Oca y Herrera, inscripto en la matrícula FR 3-7423 (Nomenclatura catastral:
Circunscripción 3; Sección 18; Manzana 128; Parcela 10h) con destino a depósito
dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que mediante la Disposición N° 31-DGRYGIEG/2020 se aprobó el Contrato de
Locación Administrativa del inmueble en cuestión, por un período de treinta y seis (36)
meses contados a partir del día 1 de octubre de 2019, venciendo por consiguiente el
día 30 de septiembre de 2022;
Que en la cláusula cuarta del mencionado contrato se acordó un período de gracia
para el primer año y el valor del canon locativo para el segundo año, conviniendo que
para el año posterior las partes fijarán nuevo valor previa tasación del Banco Ciudad
de Buenos Aires;
Que, a los fines de acordar el canon locativo a abonarse durante el tercer año y de
conformidad con lo previsto por el Decreto Nº 74/21, artículo 28 inc. 12º pto. f) del
Anexo I, que reglamenta la Ley 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347), se requirió
al Banco Ciudad de Buenos Aires la tasación pertinente;
Que se consensuó con la locadora el canon locativo total por el tercer año del contrato
en PESOS CUARENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL 0/100 ($46.200.000.-)
pagaderos en DOCE (12) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS TRES
MILLONES QUINIENTOS MIL 0/100 ($3.500.000.-) cada una para el primer semestre
y de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL ($4.200.000.-) cada una para el
segundo semestre;
Que se ha tomado el compromiso definitivo del gasto;
Que, a los fines de proceder a materializar el acuerdo arribado, resulta pertinente
dictar el acto administrativo que apruebe la Adenda a la Cláusula Adicional por la cual
se establece el monto del valor locativo para el periodo referido.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por la normativa citada,
EL DIRECTOR GENERAL DE RELOCALIZACIÓN
Y GESTIÓN INTEGRAL DE EDIFICIOS DE GOBIERNO
DISPONE:
Artículo 1º.- Apruébase el canon locativo para el segundo año del contrato de locación
del inmueble sito en la calle Avenida Don Pedro de Mendoza
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6142 - 07/06/2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR