Disposición N° 629/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 7 de Junio de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 629/DGIUR/19
Buenos Aires, 3 de junio de 2019
VISTO: El Expediente Nº 13.823.570/2019 por el que se consulta sobre la factibilidad
de localizar el uso: "1.8 Comercio Minorista Excluido Comestibles Como Uso
Principal", para el inmueble sito en la calle Florida Nº 334 - Planta Baja, con una
superficie a habilitar de 131,31 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado al Área De Protección Histórica Específica: APH
51 "Catedral al Norte" - Zona 1;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
16369433-DGIUR-2019, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el APH;
Que según lo establecido en el Código Urbanístico, en el parágrafo 3.7.38. APH
51"Catedral al Norte", se establece:
4.2.1.3 APH51) Normas Particulares por Zonas: El Área queda dividida en 3 zonas
según Plano Nº 3.7.38.
Zonas 2 y 3 Carácter: Zonas con usos mixtos, financiero-residencial.
En el capítulo 5. APH 51) Usos: 5.2.1 APH51) Zonas 1 y 2 - Usos: Los usos para los
inmuebles del área no comprendidos en el Listado de Inmuebles Catalogados del Área
APH51 Catedral al Norte, serán los que resulten de aplicar las disposiciones del
Cuadro de Usos del Suelo Nº3.3 del Código Urbanístico para el Área de Alta Mixtura
de Usos de Suelo (4);
Que en el Cuadro de Usos del Suelo Nº 3.3 del Código Urbanístico, para el Área de
Alta Mixtura de Usos de Suelo (4), los usos solicitados, se encuentran comprendidos
en el rubro "1.8 COMERCIO MINORISTA EXCLUIDO COMESTIBLES COMO USO
PRINCIPAL se indica 1500 (Permitido hasta una superficie de 1500 m2 en el Área de
Mixtura de Usos 4);
Que el esquema de publicidad presentado como: "Letrero frontal Simple" en el Plano
de Uso (Plano- 2019-13823542), en orden 4 del expediente, cumplimenta la normativa
en la materia, se considera que no existen inconvenientes en acceder a su visado;
Que se visan los usos solicitados:" 1.8 COMERCIO MINORISTA EXCLUIDO
COMESTIBLES COMO USO PRINCIPAL" permitido en el Área de Alta Mixtura de
Usos de Suelo (4) para el inmueble sito en Florida Nº 334 - PB. con una SUPERFICIE
de: 131.31 m². Se deja constancia que el visado no implica la habilitación de los
mismos;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5634 - 07/06/2019

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