Disposición Nº 625/GCABA/DGIUR/15
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 29 de Abril de 2015 |
VISTO:
El Expediente N° 4.279.409/2015 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Venta de bebidas en general envasadas, de masas, bombones,
sándwich, helados sin elaboración, casa de lunch, café, bar", para el inmueble sito en
la calle Florida N° 960, Planta Baja, UF N° 12, con una superficie de 153,25m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 38 "Plaza San Martín, entorno
Plaza Fuerza Aérea Argentina y Museo Ferroviario" de Zonificación General del
Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-
2007;
Que esta zona responde al conjunto urbano que se organiza alrededor de dos plazas,
la Plaza San Martín de alto valor histórico y simbólico, enmarcada por edificios de
valor arquitectónico representativos de diversas épocas de la evolución de la ciudad,
como los Palacios San Martín y Paz, el edificio Kavanagh, la Basílica del Sagrado
Sacramento y el Hotel Plaza; y la Plaza Fuerza Aérea Argentina de alta calidad
ambiental, en cuyo entorno se destacan las estaciones ferroviarias, exponentes del
patrimonio industrial destinado al transporte de pasajeros y mercaderías, la Torre
Monumental y el Museo Ferroviario;
Que el inmueble en cuestión se encuentra en la Zona 1 y posee Protección Cautelar.
Ahora bien, el recurrente no solicita obra sino la localización del uso en un conjunto
comercial existente;
Que cuando los inmuebles resultan catalogados, como el caso que nos ocupa e
incluidos en el Listado del Distrito APH 38 Entorno Plaza San Martín, Plaza Fuerza
Aérea Argentina y Museo Ferroviario", el Organismo de Aplicación efectuará en cada
caso el estudio para determinar la conveniencia o no de la localización propuesta;
Que la Gerencia Operativa Grandes Proyectos Urbanos de esta Dirección General, a
través del Informe N° 7479252-DGIUR-2015, indica que en este caso se trata de
construcciones existentes en las que no se solicita modificación alguna sino localizar
en la U.F. N° 12 el uso mencionado precedentemente;
Que en el predio en cuestión...
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