Disposición N° 62/CCR/22

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición16 de Junio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 62/CCR/22
Buenos Aires, 14 de junio de 2022
VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y su Decreto
reglamentario Nª 74/GCABA/21, el Decreto Nº 107/GCABA/22, la Disposición Nº
167/DGCyC/21, el Expediente Electrónico N° 20192348-GCABA- CCR/22 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el actuado citado en el Visto, tramita la Licitación Pública N° 535-0791-
LPU/22, cuyo objeto es la “Adquisición de elementos de merchandising” para
campañas que se llevarán a cabo en el transcurso del año, bajo la modalidad de
licitación pública, con destino al Centro Cultural Recoleta dependiente Subsecretaría
de Políticas Culturales y Nuevas Audiencias, bajo la órbita del Ministerio de Cultura, al
amparo del Art. 31 en concordancia con el primer párrafo del Art. 32 de la Ley N°
2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y el Decreto N° 74/GCABA/21;
Que a través de informe N° 21655283-GCABA-CCR/2022 se solicitó arbitrar los
medios necesarios para gestionar la contratación indicada ut-supra;
Que la presente contratación tiene por objeto la adquisición de elementos de
merchandising para campañas que se llevarán a cabo en el Centro Cultural Recoleta
en el transcurso del año, en concordancia con las responsabilidades primarias de esta
dependencia;
Que la Dirección General Centro Cultural Recoleta, tiene entre sus responsabilidades
primarias, las de “Ofertar nuevos ciclos de actividades, espectáculos y muestras,
promoviendo la expresión y la realización de las nuevas tendencias en el arte y la
cultura”, como así también “Brindar el ámbito adecuado para la manifestación de todas
las expresiones artísticas y culturales”, entre otras;
Que a su vez, la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.347) dispone las
normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y
contrataciones de bienes y servicios, y regula las obligaciones y derechos que se
derivan de los mismos;
Que en este sentido el artículo 31 de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley
N°6.347), establece que: "La licitación es pública cuando el llamado a participar está
dirigido a una cantidad indeterminada de posibles oferentes con capacidad para
obligarse, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos que exija el Pliego de
Bases y Condiciones Particulares y Pliego Único de Bases y Condiciones Generales";
Que el artículo 32, primer párrafo de la precitada norma establece que: "Son de Etapa
única la comparación de las ofertas en sus aspectos económicos, de calidad o
técnicos, se efectúe en un mismo acto, esto es, mediante la presentación de un sobre
único";
Que mediante el Decreto N° 74/GCABA/21 se aprobó la reglamentación del artículo 76
de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.347) que implementa el Sistema
Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, denominado Buenos Aires Compras (BAC), creándose el portal
www.buenosaires.compras.gob.ar, con alcance a todas las Jurisdicciones
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6399 - 16/06/2022

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