Disposición N° 613/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición30 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 613/DGIUR/21
Buenos Aires, 26 de abril de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 7.942.269-21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea de Frente Interno e Interno de Basamento para el predio de la calle Honduras Nº
5473/79/81 esq. Av. Juan B. Justo N° 1499 (Sección 035- Manzana 029- Parcela
019E);
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2021-12120306-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea de Frente Interno y
Línea Interna de Basamento conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en una zona
afectada a Corredores Medios (C.M.) Art. 6.2.2. del Código Urbanístico (Ley N° 6099),
por lo que corresponde el trazado de Línea de Frente Interno (L.F.I.) y Línea Interna de
Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Honduras, Humboldt, El Salvador
y la Av. Juan B. Justo. Dicha manzana posee un frente de 56.47 m sobre la calle
Honduras, un frente de 99.66 m sobre la calle Humboldt, un frente de 64.37 m sobre la
calle El Salvador y un frente 97.92 m sobre la Av. Juan B. Justo; todos ellos medidos
en las intersecciones de las respectivas Líneas Oficiales (L.O.). Asimismo, computa
una superficie total de 5.959,40 m2, de acuerdo a Consulta de registro catastral
obtenida por sistema interno Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para la unidad de
afectación (C.M.) en el Título 6 del cuerpo principal de dicho Código Urbanístico, la
mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera factible proceder a
trazar la Línea de Frente Interno (L.F.I.) y la Línea Interna de Basamento (L.I.B.) -
conforme al grafico que adjunta-, quedando afectada la parcela en cuestión a una
Linea de Frente Interno (L.F.I.) y Línea Interna de Basamento (L.I.B.) a 21.00 m y
33.00 m respectivamente medidos paralelamente desde la Línea Oficial (L.O.) de la
calle Honduras;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea de Frente
Interno y Línea Interna de Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el
Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6113 - 30/04/2021

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