Disposición N° 606/DGEVA/19

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición13 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 606/DGEVA/19
Buenos Aires, 5 de abril de 2019
VISTO: Las Leyes N° 123 y modificatorias (texto consolidado por Ley N° 6.017), el
Decreto N° 222/12, la Resolución N° RESOL-2019-11-APRA, el Expediente N° EX-
2019-0356758- -MGEYA-APRA, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del
proyecto: "Apertura de calles en el ex Playón Ferroviario Palermo", a desarrollarse en
el polígono delimitado por las calles Godoy Cruz, Soler, Atacalco y Calle sin nombre, y
definido por las coordenadas [A´, B´, C´, D´, E, F, G, H, I, J, K, L, M, N, O, P, Q, R, S,
T, U, V, W, X, Y, Z, A´´, B´´, C´´] conforme a lo obrante en el Anexo I identificado como
Informe N° IF-2019-10562042-GCABA-DGEVA, con una superficie total de terreno de
5.108 m2, Distrito de Zonificación: U45;
Que surge de la documentación presentada que el proyecto consiste en obras de
infraestructura urbana y la apertura de calles dentro del predio denominado Ex Playa
Ferroviaria Palermo;
Que dicho proyecto forma parte de la puesta en valor de la Playa Ferroviaria Palermo,
que se origina a partir de la ejecución del nuevo viaducto de las vías del Ferrocarril
General San Martin (FCGSM), lo que permitirá la construcción de un Parque Urbano
entre las calles Soler y Niceto Vega, la apertura de nuevas calles y plazas y la
adecuación del entorno, en un nuevo sector del Barrio de Palermo, donde convivirán
actividades culturales y recreativas;
Que el proyecto se desarrollará en el área norte de esta ciudad, en el Barrio de
Palermo (Comuna 4); en el predio denominado Ex Playa Ferroviaria Palermo, cuya
Nomenclatura Catastral corresponde a Circunscripción 18, Sección 19, Manzana 97;
Que el predio del proyecto se ubica en el polígono definido por las coordenadas [A´,
B´, C´, D´, E, F, G, H, I, J, K, L, M, N, O, P, Q, R, S, T, U, V, W, X, Y, Z, A´´, B´´, C´´]
conforme a lo obrante en el Anexo I identificado como Informe N° IF-2019-10526038-
GCABA-DGEVA;
Que se ha presentado Plano Georreferenciado y la planilla con el listado de las
coordenadas mencionadas;
Que para delimitar el área a intervenir se materializaron dos puntos fijos con clavos de
acero, uno en la esquina de Soler y Godoy Cruz y otro en Costa Rica y Godoy Cruz.
Luego, con GPS de doble frecuencia marca Trimble R8s se obtuvo las coordenadas
en X (este) e Y (norte) en el sistema Gauss Kruger Buenos Aires 70000/20000 y cota
altimétrica referida al cero (0) IGN. En base a estos puntos fijos se realizó el
levantamiento topográfico de hechos existentes del predio playa ferroviaria Palermo;
Que se utilizaron los parámetros del Sistema Gauss Kruger Buenos Aires: Paralelo
(latitud) 34° 37´ 45´´,365 (sur); Meridional (longitud) 58° 27´47´´,91 (oeste); Falso norte
700000; Falso este 20000; Elipsoide WGS84;
Que, en relación a la descripción del entorno, se destaca que el barrio de Palermo
donde se encuentra el Proyecto, es un conglomerado urbano fundamentalmente
residencial y de esparcimiento;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5615 - 13/05/2019

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