Disposición N° 603/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.º 603/DGIUR/22
Buenos Aires, 28 de marzo de 2022
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63-SSREGIC-20 y el EX-2021-32415511-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados se solicita el estudio de la propuesta morfológica de
Obra Nueva a desarrollarse en el predio sito en la calle Blanco Encalada Nº 815/17
(Sección 025, Manzana 112, Parcela 033);
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanística de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6099;
Que obra agregado a estos actuados el Informe N° 07456262/DGIUR/2022 mediante
el cual la Gerencia Operativa de Morfología Urbana estima oportuno el dictado del acto
administrativo que considere factible el proyecto presentado;
Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en una zona afectada por la
Urbanización Determinada Específica U23 Barrio Nuevo Belgrano, Zona 1, Art.
5.7.22 del Anexo II y Plano N° 5.7.22. a) y b) del Anexo III del Código Urbanístico y su
Modificación;
Que resultan de aplicación los artículos 4.1.20 del Anexo II (AE 26 - Pasajes de la
Ciudad), 6.3. (Perfil Edificable), 6.3.1 (Construcciones Permitidas por sobre los Planos
Límites), 6.4. (Área Edificable), 6.4.3.5 (Edificabilidad en las parcelas no alcanzadas
por la LIB) del Código Urbanístico;
Que se dio cumplimiento a lo establecido en el punto 9 del Artículo 5.7.22 U23 – Barrio
Nuevo Belgrano, del Código Urbanístico mediante NO-2022-01880157-GCABA-
DGIUR;
Que al respecto la Asociación Vecinal de la subzona correspondiente se manifestó
mediante NO-2022-05644668-GCABA-COMUNA13 indicando: “Advertimos que se
trata de un predio que tiene en la actualidad una casa unifamiliar, por lo que el uso se
mantendría y respetaría de ese modo el primero de los parámetros citados. Respecto
del FOS, surge de la documentación adjunta a la vista que la construcción actual tiene
un solo piso en planta baja y que “pisa” 151,25 m2 de un total de 225,85 m2, lo que
implica un FOS del 67,40%, y que el presentante se propone reducir esa pisada a
112,90 m2 lo que representa el 50% de FOS. Desconocemos si la construcción actual
tiene planos registrados que habilitaron ese mayor FOS o se trata de construcciones
fuera de norma. En caso de que se tratara de metros incluidos en planos debidamente
registrados concordamos en aceptar un FOS de 50% que, aunque mayor al admitido,
es inferior al existente. En caso de que esa mayor construcción no estuviera
debidamente registrada entendemos que el presentante debería limitarse a un FOS
del 40%. Respecto del FOT, que por norma asciende a 180,68, la propuesta que se
presenta plantea construir 254,11 m2 de los cuales, dice, solo 180,50 consumen FOT.
No pudimos entender cuáles m2 no consumen FOT, por lo que dejamos este tema a
revisión de esa Dirección. Si fuera como dice el presentante se cumpliría el parámetro.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6372 - 06/05/2022

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR