Disposición N° 603/DGCYC/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición27 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 603/DGCYC/21
Buenos Aires, 21 de septiembre de 2021
VISTO: Las Leyes Nros. 27.541, 6.301, 6.384 y 2.095 (texto consolidado por Ley N°
6.347), los DNU Nros. 260/PEN/2.020 y 167/PEN/2.021, los DNU Nros.
1/GCABA/2.020, 8/AJG/2.020, 12/AJG/2.020, 15/AJG/2.020, 17/AJG/2.020,
5/AJG/2.021, 7/AJG/2.021, 8/AJG/2.021, 9/AJG/2.021 y 10/AJG/2.021, el Decreto N°
168/19 y su modificatorio N° 207/19, el Decreto N° 210/20, las Disposiciones N°
845/GCABA-DGCYC/19 y N° 538/GCABA-DGCYC/21, los Expedientes Electrónicos
Nros. 5.591.514/GCABA-DGCYC/2.019 y 23.219.505/GCABA-DGCYC/2.021, y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Electrónico N° 5.591.514/GCABA-DGCYC/2.019 tramitó la
Licitación Pública de Etapa Única N° 623-0186-LPU19 para la “Contratación del
servicio de transporte, manipuleo, embalaje, guarda, conservación y relocalización de
bienes de Áreas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”;
Que mediante la Disposición N° 845/GCABA-DGCYC/19, se aprobó la Licitación
Pública mencionada y se adjudicó la prestación del servicio a la empresa: CASTRO Y
REGINI S.A. (Renglones Nro. 1 al 13), en la suma total de PESOS SETENTA Y
CINCO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA
Y OCHO CON 00/100 ($ 75.636.998,00.-), por el término de veinticuatro (24) meses;
Que posteriormente, fue celebrado con la firma citada el respectivo contrato,
generándose en consecuencia la Orden de Compra Abierta N° 623-0183-OCA19;
Que con el avance ordinario del proceso, en uso de las facultades conferidas por el
Artículo 110 (ex 119) Inciso III de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347)
y su Decreto Reglamentario, mediante Disposición N° 538/GCABA-DGCYC/21 se
procedió a prorrogar la contratación de marras por el término de veinticuatro (24)
meses, a partir del 2 de septiembre de 2.021, o hasta el perfeccionamiento de un
nuevo contrato, lo que ocurra primero;
Que, como resulta de público conocimiento el 11 de marzo de 2.020 la Organización
Mundial de la Salud (OMS) declaró el brote del nuevo coronavirus COVID-19 como
una pandemia, debido al número de casos oficialmente registrados a nivel mundial;
Que atento a ello, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2.020, el
Poder Ejecutivo de la Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria
establecida por Ley N° 27.541, en virtud de lo mencionado en el párrafo que antecede,
por el plazo de un (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicho Decreto,
posteriormente prorrogada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167/PEN/2.021,
hasta el 31 de diciembre de 2.021;
Que en concordancia con la normativa nacional, por Decreto de Necesidad y Urgencia
N° 1/GCABA/2.020 se declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2.020, a los fines de atender y
adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del
contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus), siendo prorrogada y
extendida sucesivamente dicha emergencia mediante los Decretos de Necesidad y
Urgencia Nros. 8/AJG/2.020, 12/AJG/2.020, 15/AJG/2.020, 17/AJG/2.020,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6223 - 27/09/2021

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