Disposición N° 6/DGDGAS/22

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico y Producción
Fecha de la disposición28 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 6/DGDGAS/22
Buenos Aires, 25 de enero de 2022
VISTO: La Ley N° 6.292, las Ordenanzas Nros. 33.313 y 43.273 (textos consolidados
por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 3.142/89, 463-GCABA/19 y sus modificatorios,
las Disposiciones Nros. 9- GCABA-DGDGAS/17, 23-GCABA-DGDGAS/19 y su
modificatoria 43-GCABA-DGDGAS/19, 35-GCABA- DGDGAS/21, 40-GCABA-
DGDGAS/21 y 47-GCABA-DGDGAS/21, el Expediente Electrónico N° 34084168-
GCABA-DGDGAS/21, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose,
entre otros, al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que por los Decretos Nros. 463-GCABA/19 y sus modificatorios se aprobó la
estructura orgánica funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, estableciendo bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción a la Dirección General Desarrollo Gastronómico dependiente de la
Subsecretaría de Políticas Gastronómicas;
Que mediante Decreto N° 337-GCABA/21, se creó dentro del ámbito de esta Dirección
General, la Gerencia Operativa de Mercados Gastronómicos la que posee entre sus
responsabilidades primarias las de... “planificar y administrar la organización de
Mercados Gastronómicos y los Centros de Abastecimiento Municipal (CAM) N° 72, sito
en la Avda. Córdoba 1750, y N° 128, sito en la calle Juramento 2528, y el Mercado
Gastronómico; Marcelo T. de Alvear, sito en la calle Bonpland 1660 (...) planificar y
elaborar un plan de uso del espacio referido a dichos mercados (...) participar en la
organización de mercados bajo su competencia, y/o reubicados por razones de interés
general...”;
Que por su parte, cabe recordar que el otorgamiento de los permisos de uso precario
en los Centros de Abastecimiento Municipales se encuentra regulado por las
Ordenanzas Nros. 33.313, 43.273 y su Decreto Reglamentario N° 3142/89;
Que en relación a ello, mediante Disposición N° 9-DGDGAS/17 y su modificatoria, la
Dirección General Desarrollo Gastronómico aprobó el Procedimiento Administrativo de
Solicitud de Permiso de Uso de Local en un Mercado Gastronómico o Centro de
Abastecimiento Municipal (CAM), en donde se estableció la documentación requerida
en el marco de dicho procedimiento;
Que mediante Disposición N° 23-GCABA-DGDGAS/19 y su modificatoria N° 43-
GCABA-DGDGAS/19, se aprobó el Reglamento de los Centros de Abastecimiento
Municipal;
Que por la Disposición Nro. 35-GCABA-DGDGAS/21, esta Dirección General abrió la
convocatoria para ocupar el puesto N° 15 del Centro de Abastecimiento Municipal
(CAM) N° 72 - ”Mercado de San Nicolás”, sito en Av. Córdoba N° 1750 de esta ciudad,
la que fue prorrogada por el plazo de diez (10) días hábiles, mediante Disposición N°
40-GCABA-DGDGAS/21;
Que a través de la Disposición N° 47-GCABA-DGDGAS-21 se desestimaron las
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6307 - 28/01/2022

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