Disposición N° 593/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición12 de Mayo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 593/DGIUR/22
Buenos Aires, 25 de marzo de 2022
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la Resolución Nº 63-
SSREGIC-20 y el EX-2021-27012845-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar el
uso “6.1.13. Playa de estacionamiento”, en el predio sito en la calle Moreno N°
1629/39 - Planta Baja;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
35499280/DGIUR/2021 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuna la intervención del Consejo de Plan Urbano Ambiental;
Que en relación, obra agregado el Dictamen (IF-2022-08315744-GCABA-CAPUAM)
mediante el cual el Consejo de Plan Urbano manifiesta: "... 6. Por lo expuesto
precedentemente, y teniendo en cuenta que es propósito del Código Urbanístico
desalentar el uso del automóvil privado, a efectos de mejorar las condiciones de
movilidad, seguridad y calidad ambiental, este Consejo Asesor del Plan Urbano
Ambiental, considera que NO resultaría factible acceder a la localización del uso
"Playa de estacionamiento" que se encuadra en el rubro “6.1.13 Playa de
estacionamiento”, en el inmueble sito en la calle Moreno Nº 1629/39, Área de Alta
Mixtura de Usos del Suelo (4), Superficie a habilitar: 864,20m²...";
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe Nº
10931880/DGIUR/2022 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que deniegue desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso solicitado en el
Expediente de referencia;
Que para arribar a dicha conclusión, se analizó que el predio en cuestión se encuentra
emplazado en el Área de Alta Mixtura de Usos del Suelo 4, de acuerdo a lo
establecido en el Código Urbanístico;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6376 - 12/05/2022

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