Disposición N° 59/DGFYC/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición25 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 59/DGFYC/18
Buenos Aires, 13 de junio de 2018
VISTO:
El expediente E. Nº 13994054/18, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01-
GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución
Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/05 (BOCBA Nº 2194),
la Resolución Nº 12-SSCC/05 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/05
(BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13-SSCC/06 (BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº
68-SSEMERG-SSCC/06 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12-SSCC/06, la Ley N°
2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/2007 y;
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. Rubén Marcelo BIONDO en su carácter de titular del local bailable con
nombre fantasía GLAM, ubicado en la calle J. A. Cabrera Nº 3046 PB, EP y Sótano, de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitó la renovación de la inscripción al
Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº
01-GCBA/05;
Que, dicho local se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables
bajo el Nº 023/05 por Disposición Conjunta Nº 026/05 de fecha 11 de marzo de 2005 y
posee certificado de transferencia por expediente Nº 64846/05 concedida para el rubro
restaurante, cantina, casa de lunch, café-bar, despacho de bebidas, wisquería,
cervecería y, local de baile clase "C" como actividad complementaria;
Que, por Disposición Conjunta Nº 060/07 de fecha 10 de mayo de 2007, se otorgó al
local una capacidad máxima para funcionar de cuatrocientas ochenta y nueve (489)
personas;
Que, mediante Disposiciones Conjuntas Nº 070/06, Nº 060/07, Nº 051/08, Nº 057/09,
N° 66/10, N° 80/11, N° 85/12, N° 107/13, N° 81/14, DISFC-2015-64-DGFYC, DISFC-
2016-69-DGFYC y DISFC-2017-60-DGFYC respectivamente, el local renovó la
inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables por el término de un año en
cada una de ellas;
Que, el administrado deberá mantener vigentes todos los certificados, constancias y
demás documentación presentada en este acto hasta el vencimiento de la presente
renovación, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de suspender, sin
intimación previa y de manera inmediata, la inscripción del local en este Registro;
Que, la Subgerencia Operativa Registros evaluó la documentación presentada por la
empresa solicitante, y del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado
cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y
Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones, a los fines de la renovación de la
inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables;
Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo
establecido por la Resolución N° 66/AGC/13;
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5400 - 25/06/2018

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