Disposición N° 587-DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición24 de Abril de 2018
Gobi erno de la C iud ad A utó noma de Buen os A ires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.º 587/DGIUR/18
Buenos Aires, 12 de abril de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 4.188.244/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos "Centro Médico u Odontológico", para el inmueble sito en la calle
Azcuénaga Nº 1077, con una superficie a habilitar de 149m², y
CONSIDERANDO:
Que el predio en cuestión, se encuentra emplazado en un Distrito C3I de Zonificación
del Código de Planeamiento Urbano, Ley Nº 449, B.O. de la Ciudad de Buenos Aires
N° 1044 de fecha 09 de octubre de 2000, Separata y Decreto Nº 1181 Boletín Oficial
N° 2772 de la Ciudad de Buenos Aires, Texto Ordenado 2006 del mismo Código,
donde, en el Parágrafo 5.4.2.3 Distrito C3 - Centro Local, ítem a) Distrito C3I;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
10297320-DGIUR-2018, indica que en tal sentido, de acuerdo al Cuadro de Usos
5.2.1. a) se informa que:
a. El uso "Centro Médico u Odontológico" se encuentra consignado como "Centro
médico u odontológico - Servicio médico u odontológico de urgencia - Institutos sin
internación. Definidos según Resolución SEC 2.385/1980, Resolución M.
423/87, Ministerio de Salud y Acción Social, Secretaría de Salud. Ley N° 123: s/C.
(700190/700195/ 700465) y pertenece a la Clase C: ESTABLECIMIENTOS DE
SANIDAD, dentro de la descripción: EQUIPAMIENTO Resultan usos Permitidos (P) en
el Distrito C3I de localización, debe cumplir con las referencias 20 para
estacionamiento, y IIIb de carga y descarga.
b. Según la Ley N°123 de Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto N°1.352-GCABA-
2002, resulta categorizado Sin Relevante Efecto Ambiental;
Que de la observación de la totalidad de la documentación presentada: Memoria
Técnica, RE 2018- 10046335-SSREGIC; en orden Nº 28, "Formulario de Solicitud"; RE
2018 -4428214-SSREGIC en orden Nº 12; "Relevamiento Fotográfico" en orden Nº 8,
"Contrato de Locación" en INLEG-4188163-- SSREGIC Nº 4 de orden y Reglamento
de copropiedad RE 10046333 -SSREGIC en Nº 29 de orden, se informa que:
a. Se trata de un edificio existente anterior a 1977, sito en una parcela intermedia de la
manzana circunscripta por las calles Azcuénaga, M.T de Alvear, J. E .Uriburu y Av.
Santa Fe, con datos catastrales (S11-M 32-P012).
b. La superficie que se pretende habilitar es de aproximadamente 149 m².
c. Por RE 2018-41882188-SSREGIC, N° de orden 5, solicitan la eximición de
cumplimentar los requerimientos de estacionamiento y carga y descarga;
Que se deja constancia que se lo exime de dichos requerimientos toda vez que es de
aplicación el Artículo 5.3.4 "Casos Especiales": b) En edificios preexistentes cuando
cuenten con planos aprobados con anterioridad al 01/05/1977 en los que se prevean
los siguientes usos:
Agrupamiento Educación en todos sus rubros
Vivienda individual
Vivienda colectiva
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5360 - 24/04/2018

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