Disposición N° 584/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición27 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 584/DGIUR/21
Buenos Aires, 20 de abril de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la Resolución Nº 63-
SSREGIC-20 y el EX- 2021-11384558- -GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita una solicitud de visado de Cartel Publicitario a
ubicarse en la fachada de Planta Baja del inmueble sito en la calle Reconquista Nº
946, 954 (Nomenclatura catastral: Sección 003, Manzana 054, Parcela 029);
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el inmueble en cuestión, se encuentra emplazado en la Zona 3 del Área de
Protección Histórica Específica APH 51 “Catedral al Norte";
Que está sujeto a las normas descriptas en los artículos 3.7.38. APH 51- Catedral al
Norte, 4.1.2.2 APH51) Grados de Intervención Ambiental y 4.1.2.2.1 APH51) Normas
Generales Anexo II del Código Urbanístico (CUr);
Que de acuerdo a lo expresado en la documentación adjunta en IF-2021-11384394-
GCABA-SSREGIC, se describen las tareas propuestas;
Que por IF-2021-11869078-GCABA-DGIUR la Gerencia Operativa Patrimonio
Arquitectónico y Urbano ha analizado el caso de acuerdo a lo precitado y estima que,
correspondería acceder al visado de Aviso de Obra, toda vez que las mismas se
encuadran en la normativa de aplicación;
Que por la Resolución Nº 63-SSREGIC-20 se otorgó una prórroga de 180 días
contados a partir del día hábil siguiente al término de la vigencia de la emergencia
sanitaria, en referencia al COVID 19, de aquellas Disposiciones que se dicten
posterioridad a la entrada en vigencia de dicha Resolución;
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que vise desde el punto
de vista del patrimonio arquitectónico y urbano, el visado de Cartel Publicitario a
ubicarse en la fachada de Planta Baja del inmueble sito en la calle Reconquista Nº
946, 954 (Nomenclatura catastral: Sección 003, Manzana 054, Parcela 029).
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1º.- Vísase, desde el punto de vista del patrimonio arquitectónico y urbano, el
visado de “Cartel Publicitario” a ubicarse en la fachada de Planta Baja del inmueble
sito en la calle Reconquista Nº 946, 954 (Nomenclatura catastral: Sección 003,
Manzana 054, Parcela 029), según IF-2021-11384394-GCABA-SSREGIC.
Artículo 2º.- El visado se circunscribe a la conformidad respecto de las intervenciones
a ejecutar en el inmueble y del uso correspondiente, exclusivamente en los aspectos
que están regulados en los artículos 3.7.38. APH 51- Catedral al Norte, 4.1.2.2 APH51)
Grados de Intervención Ambiental y 4.1.2.2.1 APH51) Normas Generales Anexo II del
Código Urbanístico (CUr).
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6110 - 27/04/2021

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