Disposición N° 582/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición27 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 582/DGIUR/21
Buenos Aires, 20 de abril de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la Resolución Nº 63-
SSREGIC-20 y el EX- 2021-11381194- -GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita una solicitud de visado de Cartel Publicitario a
ubicarse en el inmueble sito en la Av. Callao Nº 1691, 1693, 1695, 1697, esquina
Guido Nº 1796, 1798, 1800, planta baja y sótano correspondiente a la Unidad
Funcional Nº 1 (Nomenclatura catastral: Sección 007, Manzana 008, Parcela 008);
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el inmueble en cuestión, se encuentra emplazado en la Zona 2 del Área de
Protección Histórica Específica, APH 50 “Av. Callao";
Que está sujeto a las normas descriptas en los artículos 3.7.37 del Anexo II y 4.1.2.2.1
APH50 Normas Generales Anexo II del Código Urbanístico (CUr);
Que de acuerdo a lo expresado en la documentación adjunta en IF-2021-11381054-
GCABA-SSREGIC, se describen las tareas propuestas;
Que por IF-2021-11859701-GCABA-DGIURla Gerencia Operativa Patrimonio
Arquitectónico y Urbano ha analizado el caso de acuerdo a lo precitado y estima que,
correspondería acceder al visado del cartel publicitario, toda vez que las mismas se
encuadran en la normativa de aplicación;
Que por la Resolución Nº 63-SSREGIC-20 se otorgó una prórroga de 180 días
contados a partir del día hábil siguiente al término de la vigencia de la emergencia
sanitaria, en referencia al COVID 19, de aquellas Disposiciones que se dicten
posterioridad a la entrada en vigencia de dicha Resolución;
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que vise desde el punto
de vista del patrimonio arquitectónico y urbano, el visado de Cartel Publicitario a
ubicarse en el inmueble sito en la Av. Callao Nº 1691, 1693, 1695, 1697, esquina
Guido Nº1796, 1798, 1800, planta baja y sótano correspondiente a la Unidad
Funcional Nº1 (Nomenclatura catastral: Sección 007, Manzana 008, Parcela 008).
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1º.- Vísase, desde el punto de vista del patrimonio arquitectónico y urbano, el
visado de Cartel Publicitario a ubicarse en el inmueble sito en la Av. Callao Nº 1691,
1693, 1695, 1697, esquina Guido Nº 1796, 1798, 1800, planta baja y sótano
correspondiente a la Unidad Funcional Nº 1 (Nomenclatura catastral: Sección 007,
Manzana 008, Parcela 008), según IF-2021-11381054-GCABA-SSREGIC.
Artículo 2º.- El visado se circunscribe a la conformidad respecto de las intervenciones
a ejecutar en el inmueble y del uso correspondiente, exclusivamente en los aspectos
que están regulados en los artículos 3.7.37 del Anexo II y 4.1.2.2.1 APH50 Normas
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6110 - 27/04/2021

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