Disposición Nº 580/GCABA/DGIUR/15

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición22 de Abril de 2015

VISTO:

El Expediente N° 4.918.810/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Comercio minorista de productos alimenticios en general; Comercio

minorista de bebidas en general envasadas; Comercio minorista de artículos de

limpieza (en góndola separada)", para el inmueble sito en la Av. de Mayo N°

645/49/51/57 y Rivadavia N° 650/52/54/56/58, Planta Baja, UF N° 4, con una superficie

a habilitar de 152,68m2, y

CONSIDERANDO:

Que la parcela en cuestión se encuentra emplazada en el Distrito APH 1 (Parágrafo

5.4.12. 1 Distrito APH1), dentro de la Zona 10e, según Plano N° 5.4.12. 1 a2, de

zonificación del Código de Planeamiento Urbano.

A su vez se informa que el inmueble, motivo de la presente consulta, se encuentra

catalogado con Nivel de protección "Estructural" según se desprende de la base de

consulta APH del sistema interno Parcela Digital Inteligente;

Que la Gerencia Operativa Supervisión Interpretación Urbana de esta Dirección

General, a través del Informe N° 6587333-DGIUR-2015, informa que, acerca de los

usos permitidos, el Código de Planeamiento Urbano indica en el Parágrafo 5.4.12. 1

Distrito APH1, lo siguiente:

  1. "...5) Usos según zonas:

    El distrito se subdivide en áreas según el carácter predominante de cada una de ellas

    y los usos permitidos en las mismas son los que se detallan en el Cuadro de Usos N°

    5.4.12.1..."

  2. La parcela en cuestión se halla emplazada dentro del Polígono 10e del Plano N°

    5.4.12.1 a2 "Conjunto Avenida de Mayo".

  3. Ahora bien, de acuerdo al Cuadro de Usos N° 5.4.12.1 en el agrupamiento

    "Comercio minorista,

    Clase A: Local comercial s/exigencia de estacionamiento o carga y descarga; para la

    actividad solicitada en la subzona de implantación, corresponde lo siguiente:

    "Perfumería y artículos de tocador": Referencia P (Permitido).

    "Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y

    autoservicio) - (se opere o no por sistema de venta - autoservicio) - Tabaco, productos

    de tabaquería y cigarrería":

    Referencia P (Permitido);

    Que en lo referente...

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