Disposición N° 58/DGFYC/19

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 3 de Junio de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 58/DGFYC/19
Buenos Aires, 23 de mayo de 2019
VISTO: El EE-2019-12797214-AGC los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 1-
GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 2- GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución
02/SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11/SSCC/2005 (BOCBA Nº 2194), la
Resolución Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/2005
(BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2521), la
Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N ° 2137/07, y;
CONSIDERANDO:
Que, se presenta el Sr. Marcelo Montaño en calidad de apoderado de la firma 4D
FACTORY S.A. y solicita la renovación de inscripción en el Registro Público de
Lugares Bailables, de acuerdo a lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia
Nº01/GCBA/2005, del local ubicado en la Avenida Rivadavia 10919/23 PB,
ENTREPISO y PA, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para desarrollar la
actividad de local de baile clase "C", con nombre de fantasía "FANTASY";
Que, de acuerdo a la documentación agregada por el interesado, el local posee
habilitación otorgada por Expediente 1027431/10, para desarrollar la actividad local de
baile clase "C" con una capacidad máxima para funcionar de MIL OCHOCIENTAS
CINCUENTA Y DOS (1852) personas y se encuentra inscripto en el Registro Público
de Lugares Bailables bajo el Nº 158/18 por DISFC-2018-45-DGFYC;
Que, el administrado deberá mantener vigentes todos los certificados, constancias y
demás documentación presentada en este acto hasta el vencimiento de la presente
renovación, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de suspender, sin
intimación previa y de manera inmediata, la inscripción del local en este Registro;
Que, la Subgerencia Operativa Registros evaluó la documentación presentada por la
empresa solicitante y, del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado
cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y
Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones, a los fines de de la inscripción en
el Registro Público de Lugares Bailables;
Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo
establecido por la Resolución N° 66/AGC/13;
Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de
Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/2005 y por la Ley Nº 2624/2007, promulgada por
Decreto Nº 2137/2007,
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
DISPONEN
Artículo 1º: Renuévese a partir del día de la fecha y por el término de un (1) año, en el
Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº
1/GCBA/2005, al local con nombre de fantasía "FANTASY", perteneciente a 4D
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5630 - 03/06/2019

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