Disposición N° 57-DGTALET/18

EmisorMinisterio de Modernización, Innovación y Tecnología
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 57/DGTALET/18
Buenos Aires, 25 de abril de 2018
VISTO:
El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (texto consolidado por Ley 5666), las
Disposiciones Nros. 52-DGTALET/18 y 54-DGTALET/18, el Proceso de Compra BAC
N° 9268-0868-CME18, el Expediente Electrónico N° 9.743.961-MGEYA-DGTALET/18
y,
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado actuado ha tramitado el proceso de compra BAC 9268-0868-
CME18, destinado a la contratación de un (1) Servicio de Producción Integral de
actividades el día 19 de abril de 2018 en el Ecoparque Interactivo de Buenos Aires, por
un monto total de PESOS SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 600.000,00) contra los
créditos del ejercicio en vigor, autorizado mediante Disposición N° 52-DGTALET/18;
Que mediante Disposición N° 54-DGTALET/18 se ha declarado fracasado el mentado
proceso de compra;
Que se advierte en esta instancia que se ha incurrido en un error material involuntario
en el 4to. considerando de la Disposición mencionada ut-supra, y que debe ser
reemplazado por el siguiente ..."Que no obstante los oferentes presentados se
encuentran inscriptos en el Sistema Electrónico de Compras y Contrataciones, no
contaban al momento de su evaluación con la totalidad de la documentación
actualizada, correspondiendo en consecuencia, declarar fracasado el proceso de
compra en cuestión";
Que el artículo Nº 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires aprobada por Decreto N° 1510/97 (texto consolidado mediante Ley
5666), establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente
materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo
sustancial del acto o decisión.
Por ello, y en uso de las facultades establecidas en el Decreto de Necesidad y
Urgencia Nº 1.510/97 (texto consolidado mediante Ley 5666),
EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO,
ADMINISTRATIVO Y LEGAL DEL ENTE DE TURISMO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DISPONE:
Artículo 1º.- Rectifícase el cuarto considerando de la Disposición N° 54-DGTALET/18,
el que quedará redactado de la siguiente forma: ..."Que no obstante los oferentes
presentados se encuentran inscriptos en el Sistema Electrónico de Compras y
Contrataciones, no contaban al momento de su evaluación con la totalidad de la
documentación actualizada, correspondiendo en consecuencia, declarar fracasado el
proceso de compra en cuestión".
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
por el término de un (1) día, y en el Portal de Internet http://www .buenosaires.gob.ar
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5366 - 04/05/2018

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