Disposición N° 565/DGCYC/20

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición30 de Junio de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N565/DGCYC/20
Buenos Aires, 22 de junio de 2020
VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto
Reglamentario N° 168/19 y su modificatorio N° 207/19, el Expediente Electrónico N°
19969296/GCABA/DGCYC/2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley citada en el visto establece los lineamientos básicos que deben observarse
en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del sector
público de la Ciudad;
Que por Expediente Electrónico Nº 04336360-MGEYA-DGCYC-2017 tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-0213-LPU17, para la
adquisición de Cartuchos, Toner y afines con destino a las áreas dependientes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra CPT INTEGRAL S.A.;
Que el Convenio Marco rige a partir del 06 de Noviembre de 2017 con una vigencia de
doce (12) meses, CM N° 623-66-CM17 (CONVE-2017-29748756-DGCYC), siendo
prorrogado por Resolución N° 2018-2188-MEFGC por otros 6 (seis) meses a partir del
06/11/18 (PV-2018-32545348-DGCYC), dando lugar al CM N° 623-76-CM18;
Que la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud del Ministerio de Salud
emitió la Orden de Compra N° 552-1554-OC19 a favor de CPT INTEGRAL S.A. (NO-
2019-07519270-DGADCYP);
Que la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto (SSASS) del
Ministerio de Salud informa mediante Notas N° NO-2019-07519207-DGADCYP y N°
NO-2019-08467937-DGADCYP el incumplimiento por parte del proveedor en la
entrega de los insumos adquiridos ya que manifestó la imposibilidad de provisión y
acompaña las razones esgrimidas por el mismo;
Que la comunicación recepcionada originó el Expediente Electrónico N° 2019-
19969296-GCABA-DGCYC, por el que tramita la rescisión y respectiva penalidad de la
Orden de Compra N° 552-1554-OC19 emitida a favor de CPT INTEGRAL S.A.;
Que la firma CPT INTEGRAL S.A. realizó ante esta Dirección General diferentes
presentaciones (RE-2018-27542819-DGCYC, RE-2018-32840543-DGCYC y RE-2018-
32854029-DGCYC), las que dieron lugar al E>Expediente Electrónico N° 27540866-
/DGCYC/2018, por el cual se solicitó a la Procuración General su intervención como
Órgano Legal para que efectúe el pertinente análisis jurídico de lo solicitado por la
empresa;
Que la Procuración General se pronuncia (IF-2019-09483868-GCABA-PGAAFRE)
sosteniendo que "es mi parecer que no corresponde acceder a la solicitud de
modificación de los índices de actualización de precios solicitada por CPT Integral SA
en el marco de la Licitación Pública N° 623-0213-LPU17". Dicho Dictamen fue
notificado a la adjudicataria en fecha 04/04/19 mediante cédula N° 478-03-19 (PV-
2019-10561915-DGCYC);
Que con lo expuesto, se procedió al dictado de la Disposición N° 639/DGCYC/2019
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5901 - 30/06/2020

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