Disposición N° 550-DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición20 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 550/DGIUR/18
Buenos Aires, 6 de abril de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 4.787.395/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Agencias comerciales de Empleo, Turismo. Inmobiliaria, etc.; Casa de
Cambio, Agencia de Seguros", en el inmueble sito en la calle Guido Nº1992, Planta
Baja, Planta Alta y Sótano, UF Nº 2, con una superficie a habilitar de 104,71m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 1 del Distrito APH 14 de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449 y el mismo no se encuentra
sujeto a catalogación especial;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
08621321-DGIUR-2018, indica que el Parágrafo 5.4.12.14 Distrito APH14 - Ámbito
Recoleta, en el ítem 5.2 Usos en inmuebles no catalogados establece:
"... Zona 1
Comercio minorista.
Se admiten los usos permitidos en el Distrito C3 excepto: Maquinarias, motores,
herramientas industriales y agrícolas; Maquinas de oficinas; Materiales de
construcción; Sustancias químicas, caucho, plástico.
Esparcimiento: Café-concert; Boite; Salón de baile; Casa de fiestas, Cine-Cine Teatro;
Teatro; Interpretaciones musicales, los cuales no podrán coexistir con la vivienda.
Estudios y consultorios profesionales que no podrán ubicarse en Planta baja.
Museos; Exposición y galería de arte; Gimnasio y natatorio; Agencia comercial y de
turismo; Alimentación en general; Bar-Café; Servicios personales directos en general.
Residencial: Vivienda unifamiliar y multifamiliar...";
Que de la observación de la totalidad de la documentación adjunta; se informa que:
a. Se trata de una parcela de esquina, circunscripta por las calles Guido, Junín,
Vicente López y Ayacucho.
b. El local en cuestión denominado UF N°2 de acuerdo al Reglamento de Copropiedad
adjunto a orden 11-RE-2018-04787386-SSREGIC se encuentra en el zócalo comercial
de un inmueble de PB+ 1°piso y sótano con acceso independiente sobre la calle
Guido.
c. La superficie que se pretende a habilitar es 104,71m².
d. De acuerdo a la memoria descriptiva adjunto a orden 44-RE-2018-8494875-DGIUR
los interesados explican: "... El peticionante es una firma denominada "Cambio
Platinum SA", quien viene desarrollándose en la actividad como casa de cambio desde
el año 2008. Cabe destacar que la actividad principal será la de "CASA DE CAMBIO" y
como complemento algún servicio de agencia turismo...".
e. Respecto al entorno el inmueble se emplaza en un sector urbano sólidamente
consolidado que constituye un circuito cultural y turístico con valor patrimonial.
De acuerdo al plano 5.4.12.14a) del Código de Planeamiento urbano el mismo se
inserta en la "zona 1" del Distrito APH 14.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5358 - 20/04/2018

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