Disposición N° 55-DGTALGOB/17

EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2017

DISPOSICIÓN N.° 55/DGTALGOB/17

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2017

VISTO: el Decreto Nº 433/16, los Expedientes Electrónicos N° 23.907.071/MGEYADGTALGOB/2.017, y N° 6.469.176/MGEYA/DGTALGOB/2017, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el visto, tramita la aprobación del gasto correspondiente al alquiler de cocheras próximas a las oficinas del Ministerio de Gobierno sitas en Av. Rivadavia N° 620, piso 5° de esta Ciudad;

Que mediante el Decreto N° 433/16, punto 5 del Anexo I, se establecen los niveles y cuadros de competencias para la aprobación de gastos descentralizados operativamente en jurisdicciones y entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad;

Que en congruencia con la normativa imperante, se pone de resalto que la urgencia en tramitar la presente, surge de la necesidad impostergable de esta repartición de contar con espacios dedicados a la guarda de vehículos para sus funcionarios, originada en razón de que las instalaciones sitas en el edificio de Av. Rivadavia N° 620 no poseen espacio suficiente para cubrirlos;

Que de conformidad con los argumentos expuestos y dado que la presente contratación no admite la demora ocasionada por los procedimientos de compra establecidos por la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666), se justifica la aprobación de dicho procedimiento, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Nº 433/16;

Que la firma GARVE S.A.C.F., C.U.I.T. N° 33-54682762-9 fue seleccionada para la prestación del servicio en cuestión, y se encuentra en estado inscripta ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP), dando en cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 3°, inciso c), del Decreto N° 433/16;

Que no obstante lo manifiesto, y en cumplimiento con lo establecido por el Decreto N° 433/16, mediante Expediente Electrónico N° 6.469.176/MGEYA-DGTALGOB/2017, se dio inicio a la contratación en cuestión, al amparo de lo establecido en el artículo 38° de la Ley N° 2095, la que ha sido declarada desierta mediante por la Disposición N°...

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