Disposición N° 548/DGEIBC/19

EmisorMinisterio de Educación e Innovación
Fecha de la disposición26 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 548/DGEIBC/19
Buenos Aires, 22 de marzo de 2019
VISTO:
Las Leyes Nros. 2.095 (texto Consolidado por Ley Nº 6.017) y Nº 6.068, el Decreto
Reglamentario N° 326/17 y su modificatorio N° 287/18, la Disposición Nº
1.274/DGCYC/17, el Expediente Electrónico 09025408/SECCTI/19, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente mencionado en el Visto, tramita la Adquisición de Mobiliario,
Accesorios y elementos varios para ser utilizados en la realización de Congresos,
Capacitaciones, Conferencias, Festivales y Eventos Artísticos que tienen lugar en las
distintas salas del Centro Metropolitano de Diseño dependiente de la Dirección
General Emprendedores e Industrias Basadas en el Conocimiento de la Secretaría de
Ciencia, Tecnología e Innovación del Ministerio de Educación e Innovación, por un
importe total de pesos ciento setenta y tres mil quinientos ($173.500);
Que mediante la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), se establecen las
normas básicas que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y
servicios, además de regular las obligaciones y derechos que se derivan de los
mismos;
Que asimismo el artículo 85° de la citada Ley establece que los procesos de compras,
ventas y contrataciones que efectúen los órganos contratantes del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben realizarse utilizando sistemas electrónicos o
digitales que establezca el órgano rector, abarcando todas las instancias y actos
administrativos del proceso;
Que el artículo 38° de la Ley mencionada, establece que toda vez que la contratación
no supere el equivalente a cien mil (100.000) unidades de compra se podrá utilizar el
procedimiento de Contratación Directa en su modalidad de Contratación Menor;
Que por el Decreto N° 326/17 y su modificatorio, se aprobó la reglamentación del
artículo precitado y se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y
Contrataciones denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC);
Que el Anexo II del aludido Decreto, estableció el cuadro de competencias y los
niveles de decisión para los procedimientos de selección de contratación de bienes y
servicios, definiendo que el Director o funcionario con rango o responsabilidades
equivalentes dentro de su Jurisdicción o entidad podrá aprobar el Pliego de Bases y
Condiciones y autorizar el llamado a Licitación Pública hasta cuatro millones
(4.000.000) de Unidades de Compra;
Que el artículo 27°, apartado b) de la Ley Nº 6.068 fijó en pesos veinte ($ 20) el monto
de las Unidades de Compras y de Multas establecidas en la Ley Nº 2.095 (Texto
consolidado por Ley Nº 6.017);
Que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de
Compras y Contrataciones mediante BAC ha sido aprobado por Disposición N°
1.274/DGCYC/17 por la Dirección General Compras y Contrataciones en carácter de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5585 - 26/03/2019

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