Disposición N° 547/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición21 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 547/DGIUR/19
Buenos Aires, 13 de mayo de 2019
VISTO: El Expediente Nº 33.215.293/2018 por el que se solicita el Visado de
Publicidad para el inmueble sito en la calle Av. San Juan Nº 472, PB y EP (S 004 - M
026 - P 010c), y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión está emplazado en el área APH 1 "San Telmo-Avenida
de Mayo" del Código Urbanístico Ley 6.099/2018 y se encuentra Catalogado con
Protección General;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General de Interpretación
Urbanística, a través del Informe Nº 14128052-DGIUR-2018, hace saber que para el
estudio del presente caso se adjuntó la siguiente documentación: IF-2018-33215283-
SSREGIC - Relevamiento fotográfico, PLANO-2018-33215284-SSREGIC- Plano del
Cartel, INLEG-2018-33215286-GCBA-SSREGIC - CONTRATO DE LOCACIÓN, IF-
2018-33215287-SSREGIC - Certificado de habilitación, RE-2018-33952938-SSREGIC
-Formulario de Consulta;
Que la Gerencia Operativa Patrimonio Arquitectónico y Urbano informa que de
acuerdo a la documentación precedente y al análisis efectuado desde el punto de vista
del patrimonio urbano, el cartel propuesto cumplimenta con el inciso d) punto 4.2.1.1
APH1, normas generales del Art. 3.71, del Anexo II del Cödigo Urbanístico, normativa
aplicable al presente; por lo tanto, no existiría inconveniente en acceder su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de
Interpretación Urbanística.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Vísase, desde el punto de vista del patrimonio urbano, el "Esquema de
Publicidad- Letrero Frontal de Letras Sueltas Corpóreas" para el inmueble sito en la
calle Av. San Juan Nº 472, PB y EP (S 004 - M 026 - P 010c), debiendo cumplir con la
normativa vigente para el Distrito en cuestión.
Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de
su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación
pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de
pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y
entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de
la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Copola
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5621 - 21/05/2019

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