Disposición N° 542/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición21 de Abril de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 542/DGIUR/22
Buenos Aires, 17 de marzo de 2022
VISTO: La Ley Nº 6099 y su modificatoria, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63-SSREGIC-20 y el EX-2021-24540146-GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar
los usos : “Alimentación en general y gastronomía; Gimnasio; Cancha de Mini-fútbol
y/o Fútbol cinco, Fútbol, Básquet, Hockey, Volleyball, Handball, etc”, en el inmueble
sito en la calle Cap. Gral. Ramón Freire Nº761/65, Planta Baja y Planta Alta.;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N° IF-2021-28020608-
GCABA-DGIURmediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos del Suelo
estima oportuna la intervención del Consejo de Plan Urbano Ambiental;
Que en relación, obra agregado el Dictamen (IF-2022-07477203-GCABA-CAPUAM)
mediante el cual el Consejo de Plan Urbano estima que ““...6. Dado que se observa
que la actividad se desarrolla en toda la superficie y al funcionamiento del uso no deja
terreno absorbente, este cuerpo colegiado considera ponderable que el inmueble se
adecue a la ralentización del agua de lluvia captada (Art. 7.2.8.3.2), de acuerdo a lo
previsto por el Anexo de la Resolución N° 392/19-SSREGIC Reglamentación Técnica
del Código de Edificación 2.14 Sistema de recolección de aguas de lluvia Tanque
de ralentización” (...)” considera factible desde el punto de vista urbanístico, acceder a
la localización del uso: "Cancha de Mini-fútbol y/o Fútbol cinco, Fútbol, Básquet,
Hockey, Volleyball, Handball, etc” que se encuadra en el rubro: “2.3.5. Cancha de mini
futbol y/o fútbol5, fútbol, básquet, hockey, volleyball, handball, etc)”, en el inmueble sito
en la calle Cap. Gral. Ramón Freire Nº761/65, Planta Baja y Planta Alta, Área de
Media Mixtura de Usos del Suelo 2, Superficie a habilitar: 1.105,93m2, condicionado a
que se adopten las medidas para ralentizar el escurrimiento de las aguas de lluvia,
según lo expresado en el punto 6 del presente. En cuanto a los requerimientos, deberá
cumplir con 4 módulos de bicicletas. No obstante, se aclara que deberá regularizar las
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6361 - 21/04/2022

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