Disposición N° 541/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición21 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 541/DGIUR/19
Buenos Aires, 10 de mayo de 2019
VISTO: El Expediente Nº 13.685.226/2019 por el que se consulta sobre la factibilidad
de localizar el uso: "11.8. Comercio minorista excluido comestibles como uso
principal", para el inmueble sito en la calle Reconquista Nº 348 PB., Planta subsuelo
UF. Nº 3, con una superficie a habilitar de 306,26 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado al Área De Protección Histórica Específica: APH
51 “Catedral al norte“, "Edificio Catalogado con Nivel de Protección Cautelar“. Zona: 1;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
13857378-DGIUR-2019, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el APH;
Que la gerencia Operativa Usos del Suelo informa que por Ley 6099/18, se aprobó el
nuevo Código Urbanístico.
Según lo establecido en el parágrafo 3.7.38. APH51 - del Código Urbanístico para la
zona 1, le corresponde el Área de Alta Mixtura de usos del suelo 4.
Para los Usos según zonas: El Área se subdivide en áreas según el carácter
predominante de cada una de ellas y los usos permitidos en las mismas son los que se
detallan en el Cuadro de Usos del Suelo Nº 3.3;
Que según lo consignado en el Cuadro de Usos del Suelo Nº 3.3 del Código
Urbanístico para el área de mixtura 4: El uso solicitado: "1.8. Comercio minorista
excluido comestibles como uso principal", se encuentra contemplado y se indica 1500
(Permitido hasta 1500 m² en el Área de mixtura de usos);
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que se visan los usos permitidos "1.8. Comercio minorista excluido comestibles como
uso principal", para el inmueble sito en la calle Reconquista Nº 348 PB., Planta
subsuelo UF. Nº 3, con una superficie de 306,26 m². Se deja constancia que el visado
no implica la habilitación de los mismos;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "11.8. Comercio minorista excluido comestibles como uso principal", para el
inmueble sito en la calle Reconquista Nº 348 PB., Planta subsuelo UF. Nº 3, con una
superficie a habilitar de 306,26 m², (Trescientos seis metros cuadrados con veintiséis
centímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de
aplicación para el presente caso.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5621 - 21/05/2019

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