Disposición N° 541/DGCYC/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición31 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.º 541/DGCYC/19
Buenos Aires, 24 de mayo de 2019
VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), su Decreto
Reglamentario N° 326/17, el Expediente Electrónico Nº
23444418/MGEYA/DGCYC/2018, y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Electrónico Nº 2018-00662521-MGEYA-DGCYC tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-0008-LPU18, para la
Adquisición de Artículos de Equipos e Insumos Informáticos con destino a las
dependencias del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra la firma AVANTECNO S.A.;
Que el convenio marco fue perfeccionado el 13 de Julio de 2018 con una vigencia de
doce (12) meses (CONVE-2018-20208810-DGCYC);
Que el Instituto de Rehabilitación Psicofísica dependiente del Ministerio de Salud
emitió la Orden de Compra N° 446-10881-OC18 a favor de AVANTECNO S.A. e
informa mediante Nota N° NO-2018-22830041-IRPS, el incumplimiento de la misma
atento que la adjudicataria presentó Nota (IF-2018-23446680-DGCYC) indicando que
no efectuará la entrega del renglón solicitado;
Que el proveedor explicita en dicha nota que los precios que figuran ofertados son del
mes de febrero y los sucesivos aumentos de la divisa estadounidense de los últimos
meses (los productos son importados), por lo que los ponen en la imposibilidad de
cumplir ya que el monto de la OC no cubre los costos de la mercadería a entregar;
Que a raíz del incumplimiento se dictó la Disposición N° 886/DGCYC/2018 de fecha 31
de agosto de 2018, rescindiéndose la Orden de Compra N° 446-10881-OC18 e
imponiéndose al proveedor una multa por el incumplimiento, la que fue notificada de
acuerdo a lo establecido en los artículos 62 y 63 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la firma en su recurso de reconsideración, presentado con fecha 27 de
septiembre de 2018 señala que "la situación creada por el alza de la divisa
estadounidense y que es de público conocimiento afecta directamente a nuestros
productos y nos impidió hacer efectiva la entrega de los equipos solicitados";
Que agrega que "la situación se vio agravada por tratarse de precios que databan de
la oferta efectuada en febrero (paridad cambiaria u$s 1 = $ 19,90) y que a la puesta en
marcha del convenio marco que ofrecía los equipos no fueron actualizados y los
montos resultantes en la publicación a la fecha no cubren los costos de los mismos.
Se hizo una solicitud de reconsideración por nota de fecha 12 de julio de 2018 (adjunta
copia) cuando la situación aún no era tan complicada como actualmente (paridad
cambiaria actual u$s 1 = $ 38).";
Que dados los argumentos vertidos se solicitó a la Procuración General su
intervención como Órgano Legal para que efectúe el pertinente análisis jurídico de lo
solicitado por la empresa (IF-2019-04262471-DGCYC). La Procuración General
sostiene que "... el acto recurrido cuenta con los requisitos formales, toda vez que se
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5629 - 31/05/2019

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