Disposición N° 524/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición15 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 524/DGIUR/19
Buenos Aires, 2 de mayo de 2019
VISTO: El Expediente Nº 22.531.366/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad
de localizar el uso: "Oficina Comercial", "Centro de Procesamiento de Datos y
Tabulación", "Armado y reparación de calculadoras electrónicas, analógicas y
digitales", para el inmueble sito en la calle Osvaldo Cruz Nº 2958/68/70 y Cruz del Sud
Nº 2943/57, Planta Baja, Entrepiso, 1º, 2º Piso, Entrepiso s/2º Piso, 3º Piso, Entrepiso
s/3º Piso, 4º Piso y Azotea, con una superficie a habilitar de 11.664,26m², y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble se encuentra implantado en un Distrito R2bII de Zonificación del
Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449. Pertenece a la Empresa Telefónica
Móviles Argentina S. A;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informes Nº
12789101-DGIUR-2018 y N° 2465597-DGIUR-2019, indica que con fecha 19/01/2012,
por Disposición DI-2012-108-DGIUR, se autorizó, desde el punto de vista urbanístico y
patrimonial, la ampliación con el rubro "Centro de Procesamiento de datos y
tabulación, armado y reparación de calculadoras electrónicas, analógicas y digitales",
para el inmueble sito en Av. Osvaldo Cruz Nº 2968 y Cruz del Sud Nº 2951/53/57, con
una superficie habilitada de 8.314,00m², una superficie a ampliar de 2.463,00m², lo
que hace un total de 10.777m², debiendo cumplir con todas y cada una de las
normativas vigentes que resulten de aplicación para el uso;
Que con fecha 23/07/1998, se registraron "Planos de Modificación Bajo Parte Cubierta
con Ampliación y Obras Comenzadas Sin Permiso Reglamentarias", con destino
"Oficinas s/Cuadro de Usos 5.2.1", para una superficie total de 10.777,60m², siendo en
ese momento, el Distrito R2bIII;
Que dentro de los Considerandos que dan origen a la DI-2012-108-DGIUR, se
informa, que el Área Técnica competente en esa oportunidad, mediante Dictamen N°
4768-DGIUR-2011, verificó que: El edificio contaba con habilitación otorgada por
Expediente 15.625/2000, con 8.314m² para el rubro “Oficina Comercial“, que en el
relevamiento fotográfico se observa que el edificio no ha sufrido modificaciones en su
cáscara externa, que por Disposición N° 182-DGPEIU-99, se autoriza la “Instalación
para concentración de enlaces para telecomunicaciones“ que incluye la cabina de
equipos para ese sistema, que en Plano Conforme a obra de Condiciones contra
Incendio, según el Expediente N° 12.362/98, se declaran sin uso ni destino las
superficies existentes en cuestión, pero luego, en el Plano de Obra, se dan los usos
“Sala de sistemas, sala de tablero y baterías, sala de baterías y sala de sistema“;
Que el predio ocupa un 30% de la superficie total de la manzana, siendo los usos
preponderantes en la manzana y los linderos, según relevamiento, 50% viviendas,
20% depósitos, y 30% oficina comercial. Que la superficie que se amplió, en esa
oportunidad, en el uso es de 2.463,00m², que sumada a los 8.314,00m² llega a un total
de 10.777,00m², completando todos los m² existentes en el edificio, y dando uso a los
que figuraban sin uso ni destino en los antecedentes anteriores. La superficie a la que
se dio uso y destino es de aproximadamente un 22% del total de la superficie
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5617 - 15/05/2019

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