Disposición N° 5224/DGDYPC/18

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 2 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N5224/DGDYPC/18
Buenos Aires, 17 de octubre de 2018
VISTO: El Expediente Electrónico N° 24747167-MGEYA-DGDYPC-2017, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 17 y siguientes de la Ley
941, se iniciaron los presentes actuados ante la denuncia de la Sra. MARCO, MARTA,
DNI N° 4.948.625, contra SCHWARCZ, RICARDO ALBERTO, CUIT 20-10833865-3,
por presunta infracción a la ley ritual;
Que corrido traslado al denunciado, con fecha 19 de diciembre de 2017 se promueve
el procedimiento conciliatorio, el que concluye en dicha oportunidad sin acuerdo entre
las partes;
Que por informe IF-2018-03303978-DGDYPC el Registro Público de Administradores
de Consorcio de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que Schwarcz, Ricardo
Alberto, se encuentra inscripto bajo la matrícula N° 3266;
Que por providencia PV-2018-16040585-DGDYPC, se le formula imputación por
presunta infracción al artículo 10 incisos e), f) y g) de la Ley 941;
Que notificada la imputación, el sumariado presenta descargo, acompaña prueba
documental y ofrece prueba testimonial e informativa, las cuales fueron denegadas
mediante PV-2018-23533899-DGDYPC;
Que no quedando diligencias pendientes, pasan los autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó al administrador la presunta
infracción al artículo 10 incisos e), f) y g) de la Ley 941, cuyo texto reza: "Artículo 10.-
De las liquidaciones de expensas: Las liquidaciones de expensas contendrán: (...) e)
Detalle de los pagos por suministros, servicios y abonos a contratistas, indicando
nombre de la empresa, dirección, Nº de C.U.I.T o C.U.I.L., Nº de matrícula, trabajo
realizado, elementos provistos, importe total y en su caso, cantidad de cuotas y
número de cuota que se abona, f) Detalle de pagos por seguros, indicando nombre de
la compañía, número de póliza, tipo de seguro, elementos asegurados, fechas de
vencimiento de la póliza y número de la cuota que se abona, g) El recibo del
administrador por el cobro de sus honorarios, detallando Nº de C.U.I.T., número de
inscripción en el Registro de Administradores, consignando su situación fiscal, importe
total y período al que corresponde (...)";
Que la citada imputación al inciso e) se basó en las liquidaciones de expensas de julio
y agosto de 2017, que se atribuyen al sumariado, en las cuales no surgirían los
siguientes datos: liquidaciones, en rubros "ABONOS DE SERVICIOS" y
"MANTENIMIENTO DE PARTES COMUNES" se observarían faltantes de datos tales
como v.gr: CUIT y dirección de Marcelo Omar Fernández, Gastón Fernández, Alemán
Alan Fernando y de Jorge Antonio Rodríguez, tampoco se denunciaría la matricula del
Sr. Ricardo Bicinskas por el trabajo de electricidad realizado;
Que al momento de efectuar su defensa, sostuvo el sumariado que "Dichos datos se
encuentran y terminan de desarrollar en el punto de notas de las expensas entregada"
y que "...respecto a la matricula del Sr. Bicinkas, en realidad no fue incorporada por un
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5771 - 02/01/2020

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR