Disposición N° 52/DGIASINF/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 52/DGIASINF/21
Buenos Aires, 5 de mayo de 2021
VISTO: La Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347) y su Decreto
Reglamentario N° 74/GCABA/21, la Disposición Nº 167/DGCYC/21, el Expediente
Electrónico Nº 13375381-GCABA- ASINF-2021, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la “Provisión e instalación de equipos UPS”;
Que a través de la Nota Nº 12978070-GCABA-DGIASINF-2021 obrante bajo Orden Nº
6, se solicitó se arbitren los medios necesarios para gestionar la contratación
mencionada ut-supra;
Que al respecto, se mencionó que la ASI es el órgano rector en materia de tecnologías
de la información y telecomunicaciones y tiene como objetivo organizar y coordinar
con todas las dependencias del Poder Ejecutivo, la infraestructura informática, de
telecomunicaciones y de los sistemas de información, dotando a la Ciudad de un plan
autosuficiente, razonable y coordinado de gobierno electrónico, que permita el acceso
del ciudadano por medios electrónicos y telefónicos a los servicios de información de
gobierno, aportando transparencia a la gestión;
Que en tal sentido, se solicitó invitar a cotizar a los proveedores del rubro;
Que en virtud de ello, se informó que el presupuesto total estimado para la presente
contratación asciende a la suma de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES
TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS con 00/100 ($ 39.335.500,00.-)
I.V.A. incluido, imputable presupuestariamente en el ejercicio 2021;
Que el presente llamado a Licitación Pública bajo la modalidad de Orden de Compra
Abierta se regirá por lo normado en la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N°
6.347) y su Decreto Reglamentario N° 74/GCABA/21;
Que en este sentido el artículo 31 de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley N°
6.347), establece que: “La licitación es pública cuando el llamado a participar está
dirigido a una cantidad indeterminada de posibles oferentes con capacidad para
obligarse, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos que exija el Pliego de
Bases y Condiciones Particulares y Pliego Único de Bases y Condiciones Generales”;
Que el artículo 32, primer párrafo de la precitada norma establece que: “Son de Etapa
única la comparación de las ofertas en sus aspectos económicos, de calidad o
técnicos, se efectúe en un mismo acto, esto es, mediante la presentación de un sobre
único”;
Que el artículo 40 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347), establece
que: “La contratación con orden de compra abierta procede en el caso que la cantidad
de bienes o servicios sólo se hubiera prefijado aproximadamente en el contrato, de
manera tal, que el organismo contratante pueda realizar los requerimientos de acuerdo
con sus necesidades durante el lapso de duración previsto y al precio unitario
adjudicado hasta el límite del monto fijado en el presupuesto correspondiente”;
Que por Disposición Nº 167/DGCYC/21 la Directora General de Compras y
Contrataciones - en su carácter de Órgano Rector - y de acuerdo a las facultades
otorgadas por el artículo 78 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347)
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6118 - 06/05/2021

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