Disposición N° 52/CCR/21

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición 4 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 52/CCR/21
Buenos Aires, 31 de mayo de 2021
VISTO: La Ley N° 6.100, el Decreto N° 433/16, el Expediente Electrónico N° EX-2021-
15090279-GCABA-CCR, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 433/16 establece los niveles de decisión y cuadro de competencias
complementarias a los actos de ejecución presupuestaria para las Jurisdicciones y
Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por la actuación citada en el Visto se iniciaron las gestiones tendientes a la
aprobación del gasto correspondiente al servicio integral de limpieza y mantenimiento
para el Centro Cultural 25 de Mayo, correspondiente al mes de abril del año 2021;
Que el Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires, aprobado por la Ley N°
6.100, establece en su Sección 5.1 que “los propietarios de toda edificación, los
copropietarios sometidos al régimen de Propiedad Horizontal y condominio, así como
los superficiarios, usufructuarios, usuarios, tenedores, fiduciarios o beneficiarios de
fideicomisos, están obligados a conservar y mantener el terreno, el inmueble, la obra y
las instalaciones en óptimas condiciones de seguridad, higiene y salubridad”;
Que, en este sentido, cabe destacar que el servicio cuyo pago se propicia resulta
imprescindible y esencial para el adecuado mantenimiento del Centro Cultural 25 de
Mayo, que contribuye a conservar las instalaciones en buen estado, mantener los
espacios y las oficinas en buenas condiciones de higiene, preservar y cuidar la salud
tanto del público asistente como del personal, etc.;
Que se trató de una operación impostergable en razón de asegurar servicios
instrumentales y fines esenciales, que debió llevarse a cabo con una celeridad que
impidió gestionarlo por alguna de las modalidades previstas por la Ley Nº 2.095 (texto
consolidado por Ley N° 6.347), dándose cumplimiento a lo previsto en el inciso a) del
artículo 3° del Decreto N° 433/16;
Que en cumplimiento del inciso b) del artículo 3° del Decreto N° 433/16, se invitó a
cotizar el servicio a TRES (3) proveedores con experiencia en el rubro, resultando
conveniente la propuesta presentada por la firma COOPERATIVA DE TRABAJO
OHLIMPIA LTDA., CUIT 30-71126126-1, que cotizó un precio acorde a los valores
actuales de mercado, por un monto total de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y
UN MIL QUINIENTOS CUARENTA CON 16/100 ($ 341.540,16.-);
Que el proveedor se encuentra inscripto en el Registro Informatizado Único y
Permanente de Proveedores al momento de la aprobación del gasto, y se ha
recepcionado satisfactoriamente el servicio solicitado, de conformidad con lo requerido
en el inciso c) del referido artículo;
Que se ha dado cumplimiento a las formalidades exigibles para la aplicación del
régimen de excepción en cuestión;
Que se efectuó la correspondiente Solicitud de Gasto, según el sistema SIGAF.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 433/16,
EL DIRECTOR GENERAL
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6141 - 04/06/2021

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