Disposición N° 516/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición14 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 516/DGIUR/19
Buenos Aires, 30 de abril de 2019
VISTO: El Expediente Nº 8.814.335/2019 por el que se consulta sobre la factibilidad
de localizar el uso: "Café-bar, despacho de bebidas, wisqueria, cervecería; masas,
bombones", para el inmueble sito en la calle Bolívar Nº 165/73 Planta Baja U.F Nº 9,
con una superficie a habilitar de 74,47 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado en el Área De Protección Histórica Específica:
APH 1 "San Telmo". Zona: 8f;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
10900529-DGIUR-2019, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el APH1;
Que según lo establecido en el parágrafo 3.7.1 APH1 - del Código Urbanístico:
Para los Usos según zonas: El Área se subdivide en áreas según el carácter
predominante de cada una de ellas y los usos permitidos en las mismas son los que se
detallan en el Cuadro de Usos del Suelo Nº.3.3.
El inmueble en cuestión se encuentra en la Zona 8f, cual le corresponde el Área de
Mixtura de Usos del Suelo 4 (Alta Mixtura de Usos);
Que por lo consignado en el Cuadro de Usos del Suelo Nº 3.3 del Código Urbanístico
para el área de mixtura 4: Los usos solicitados: "Café-bar, despacho de bebidas,
wisqueria, cervecería; masas, bombones", se encuentra contemplado en el rubro
expresamente consignado: "1.5.Alimentación en general y gastronomía" se indica SI
(Permitido en el Área de Mixtura de Usos); con referencia de Estacionamiento 26
(Salón de 150m² o más: 20%, como mínimo, de la superficie total del salón) y
referencia de Bici b (Salón de 150m² o más: 30%, como mínimo, de la cantidad de los
módulos de estacionamientos), en observaciones: Si cuenta con envío a domicilio
debe cumplir también con referencia 38 de EST. Donde se sirven y/o expenden
bebidas y/o comidas para consumo en el local o para envío a domicilio con atención
de público (restaurante, café, bar, etc.). No incluye música y canto, espectáculos en
vivo, etc.);
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que se visa el uso permitido "Alimentación en general y gastronomía" para el inmueble
sito en la calle Bolívar Nº 165/73 Planta Baja U.F Nº 9, con una superficie de 74,47m².
Se deja constancia que el visado no implica la habilitación de los mismos;
Que por Nota incorporada en Orden Nº 40, el recurrente solicita la corrección de la
dirección ya que la consignada es "Bolívar Nº 165/73";
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5616 - 14/05/2019

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