Disposición N° 51/DGTALINF/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición15 de Junio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 51/DGTALINF/22
Buenos Aires, 13 de junio de 2022
VISTO: La Ley Nº 70, la Ley N° 2.689, la Ley N° 6.292 (Textos Consolidados por Ley
Nº 6.347), la Ley Nº 6.384 y su modificatoria N° 6.507, el Decreto N° 463/19, los
Decretos Nros. 429 y 430/21, la Resolución Nº 224-ASINF/18, los Expedientes
Electrónicos Nros EX-2022-21506221-GCABA-ASINF y EX-2022-21512279-GCABA-
ASINF, y
CONSIDERANDO:
Que a través de los expedientes electrónicos indicados en el visto tramita la
compensación presupuestaria detallada en los Requerimientos Nros. 3273 y
3274/SIGAF/22 cuya finalidad es contar con crédito suficiente para imputar los gastos
detallados en la Nota N° 21522798-GCABA-ASINF-2022;
Que mediante Ley N° 2.689 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347), se creó la Agencia
de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
como órgano rector en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones
en el ámbito del Poder Ejecutivo, y como entidad autárquica en el orden administrativo,
funcional y financiero;
Que por la Ley N° 6.292 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347), se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 463/19 y modificatorio, aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno Autónoma de Buenos Aires, y se
estableció que el Organismo Fuera de Nivel Agencia de Sistemas de Información Ley
Nº 2.689 se encuentra bajo la órbita de la Secretaria Innovación y Transformación
Digital de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que los entes descentralizados tienen por definición la facultad de administrarse por sí
mismos, poseen patrimonio y presupuesto propios y se rigen por las normas generales
de Derecho Público, vinculandose con la Administración Central mediante una relación
jurídica de control administrativo o tutela;
Que por otro lado, la Ley Nº 70 de “Sistema de Gestión, Administración Financiera y
Control del Sector Público de la Ciudad” establece en el artículo 63, 2º párrafo que
“Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo,
pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración
Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos
dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires”;
Que por la Ley N° 6.384, modificada por la Ley N° 6.507, se aprobó el total de los
gastos corrientes y de capital del Presupuesto de la Administración de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio del año 2022;
Que, a su vez, por el artículo 3° del Decreto Nº 429/21 se aprobó la distribución de
créditos presupuestarios para el ejercicio 2022, en tanto que por el Decreto N° 430/21
se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General
correspondientes a dicho ejercicio;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6398 - 15/06/2022

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