Disposición N° 50/DGIUR/20

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición20 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N50/DGIUR/20
Buenos Aires, 15 de enero de 2020
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019 y el EX-2019- 33446235-
GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados se solicita el estudio de la propuesta morfológica de
Obra Nueva a localizarse en el predio sito en la calle Gral. Jose G. de Artigas Nº
2644/48/50, Sección 069- Manzana 054a- Parcela 007;
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanística de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6099;
Que obra agregado a estos actuados el Informe N° 00666249/DGIUR/2020 mediante
el cual la Gerencia Operativa de Morfología Urbana estima oportuno el dictado del acto
administrativo que considere factible el proyecto de obra nueva presentado;
Que para arribar a dicha conclusión, se analizó en el aludido informe que el predio en
cuestión se encuentra emplazado en una zona afectada a AE26 "Pasajes de la
Ciudad" y a la Unidad de Sustentabilidad de Altura Baja 1 (U.S.A.B. 1);
Que la presente consulta se encuadra en los artículos 6.2.6. (Unidades de
Sustentabilidad de Altura Baja 1), 6.3.1 (Construcciones Permitidas por sobre los
Planos Límites), 6.4.3.1 (Parquización desde L.I.B.), 6.4.3.2 (Casos especiales de
determinación de L.I.B.), 6.6 (Regulación de subsuelos), 4.1.20 (AE26 -Pasajes de la
Ciudad) del Código Urbanístico;
Que obra agregado en PLANO-2019-36183250-GCABA-SSREGIC: Planos de la
Propuesta; en IF-2019-36183239-GCABA-SSREGIC: axonométricas insertas en la
manzana en estudio; y documentación de estudio extraída de Sistema USIG, Parcela
Digital Inteligente y Google Earth;
Que se trata de la parcela intermedia Nº 007, ubicada en la manzana atípica
delimitada por las calles El Pampero, Santo Tomé, Gral. Jose G. de Artigas y Arregui.
Dicha parcela no se encuentra dentro de los 34m de las prolongaciones de las Líneas
Oficiales (L.O.) concurrentes;
Que asimismo, la parcela posee un frente de 8,66m sobre la calle Gral. Jose G. de
Artigas; con una profundidad de 35,32m sobre ambos laterales y computa una
superficie total de 305,89m2; según se desprende de Consulta de Registro Catastral
obtenida por Sistema Interno PDI;
Que con respecto al área edificable, la manzana en estudio no posee trazado de Línea
Interna de Basamento (L.I.B.), en virtud de lo establecido en el Art. 6.4.3.2.;
Con respecto a sus linderos, se informa que: 1) La parcela lindera izquierda 006 no se
considera consolidada, al momento de la presente actuación, ya que poseen una
edificación cuya altura sobre Línea Oficial (L.O.) se encuentra por debajo del 75% de
la altura máxima establecida de acuerdo a la Unidad de de Sustentabilidad de Altura
Baja 1 (U.S.A.B.1) en virtud de lo dispuesto por el Decreto 2019-99-GCABA-AJG .
Razón por la cual podrá consolidarse hasta una altura máxima de +9,00m (a NPT)
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5783 - 20/01/2020

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