Disposición N° 5/DGDS/21

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico y Producción
Fecha de la disposición30 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 5/DGDS/21
Buenos Aires, 27 de abril de 2021
VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20 y modificatorios, N°
235/PEN/21 y modificatorio, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus
modificatorios, los Decretos N° 463/19 y sus modificatorios y N° 147/20, N° 405/20 y
N° 427/20, las Resoluciones N° 376/SECDC/13 y Resolución N° 26/SSBC/20, las
Disposiciones N° 4/DGDS/20, N° 5/DGDS/20, N° 6/DGDS/20, N° 8/DGDS/20, N°
13/DGDS/20, N° 15/DGDS/20, N° 17/DGDS/20, N° 21/DGDS/20, N° 22/DGDS/20, N°
23/DGDS/20, N° 27/DGDS/20, N° 28/DGDS/20, N° 1/DGDS/21,N° 2/DGDS/21 y
4/DGDS/21, el Expediente Electrónico N° 10185098-GCABA-DGDS/20 y,
CONSIDERANDO:
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el virus COVID-19
(Coronavirus) se está propagando de persona a persona aceleradamente a nivel
mundial, declarándolo pandemia;
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167/PEN/21, el Poder Ejecutivo de la
Nación prorrogó la emergencia sanitaria dispuesta por la Ley N° 27.541 y ampliada por
el Decreto N° 260/20, hasta el 31 de diciembre de 2021;
Que, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 235/PEN/21 y su modificatorio N°
241/PEN/21, se establecieron medidas generales de prevención con el fin de mitigar la
propagación del virus COVID-19 (Coronavirus) y su impacto sanitario, hasta el 30 de
abril de 2021, inclusive;
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 7/21 se prorrogó la emergencia
sanitaria declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus
modificatorios, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el 31 de
mayo de 2021 a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y
reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del virus COVID-19
(Coronavirus);
Que frente a dicho panorama y a efectos de lograr un mejor desenvolvimiento de las
actividades de esta Administración, mediante el Decreto N° 147/20 se han adoptado
diversas medidas transitorias para que los trabajadores presten servicios conforme los
esquemas aprobados en el mismo;
Que por otra parte, mediante Resolución N° 376/SECDC/13 se creó el Programa
Estaciones Saludables para la implementación de políticas destinadas a brindar una
mejor calidad de vida y prevenir enfermedades crónicas no transmisibles en los
ámbitos públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el mencionado programa se desarrolla en el ámbito de la Dirección General de
Desarrollo Saludable, dependiente de la Subsecretaría de Bienestar Ciudadano del
Ministerio de Desarrollo Económico y Producción en virtud de las responsabilidades
conferidas en el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios;
Que en el marco de las competencias conferidas por el artículo 5° del precitado
Decreto 147/20, esta Dirección General de Desarrollo Saludable, dispuso el cierre
transitorio de las Estaciones Saludables mediante Disposiciones Nros. 4/DGDS/20 y
8/DGDS/20;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6113 - 30/04/2021

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