Disposición Nº 48/GCABA/DGJRYM/17

FirmantesDe Stefano
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA REGISTRO Y MEDIACIÓN

VISTO:

La Ley N° 269 y sus modificatorias, su Decreto Reglamentario N° 230/00, Ley N°

5.460, sus modificatorias y complementarias, los Decretos N° 660/11, N°154/12 y

N°43/16 y los Expedientes N°18.070.598/17, N°16.809.887/17, N°17.107.360/17,

N°17.272.721/17, N°26.501.491/16, N°27.095.225/16, N°18.293.476/17,

N°18.296.174/17, N°18.296.908/17, N°18.399.130/17, N°18.297.709/17.

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 4013 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que, mediante el Decreto N° 369/16 se modificó la estructura organizativa,

dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que, dentro de las responsabilidades primarias que la Subsecretaría de Justicia a

delegado en la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación se encuentra la de:

"Administrar y Supervisar el Registro de Registro de Deudores/as Alimentarios/as

Morosos/as...";

Que la Ley N° 269, creó el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as en el

ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dicha Ley determina en su artículo 3°, "la inscripción en el Registro o su baja se

hará sólo por orden judicial, ya sea de oficio o a petición de parte";

Que el...

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