Disposición Nº 48/GCABA/SGISSP/15
Firmantes | Lechuga |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | SecretarÍA General del Instituto Superior de Seguridad PÚBlica |
Fecha de la disposición | 9 de Octubre de 2015 |
VISTO:
El Decreto N° 556/10 y su modificatorio N° 752/10, la Nota N° 27832744/SGISSP/15,
el Informe N°
27831889/SGISSP/15 y el Expediente Electrónico N°
27833564/MGEYA/SGISSP/15, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita el reconocimiento del
gasto originado en la adquisición de cien (100) colchones y cien (100) almohadas para
los dormis de este Instituto;
Que por medio de Nota N° 27831744/SGISSP/2015, el Sr. Director Técnico,
Administrativo y Legal del Instituto Superior de Seguridad Pública, puso en
conocimiento de esta Instancia que en el mes de septiembre del corriente año se han
detectado una gran cantidad de casos de cadetes con conjuntivitis y escabiosis,
motivo por el cual a pedido del Área de Cadetes, el Sr. Director de Logística y
Mantenimiento debió retirar y reemplazar los colchones y almohadas utilizados por las
personas infectadas, dando cuenta de ello los documentos incorporados al Expediente
citado en el Visto mediante Informe N° 27831889/SGISSP/15;
Que mediante nota suscripta por el Dr. Gustavo Lozana, M.N. 97.674, e incorporada
en el Informe citado, el galeno del Área Médica de este Instituto consideró que, dado el
número importante de casos registrados (cadetes infectados), deben reemplazarse los
elementos mencionados, ya que no se encuentran en condiciones de ser
adecuadamente desinfectados;
Que dicha adquisición no admitió dilación alguna, circunstancia que impidió su
contratación mediante los procedimientos establecidos en la Ley N° 2095 y su
modificatoria;
Que se requirieron tres (3) presupuestos de distintas empresas del rubro, extremo que
satisface la exigencia establecida por el inciso b) del Artículo 2 del Decreto N° 556/10,
siendo que de las cotizaciones obtenidas, la realizada por la empresa "RAÚL E.
MÓNACO S.A." (CUIT 33-63877672-9), resultó ser la más Conveniente para los
intereses del Gobierno de La Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la citada empresa, se encuentra debidamente inscripta en el Registro
Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP), exigencia que da
cumplimiento a lo dispuesto en el inciso c) del Artículo 2 del Decreto N° 556/10, en
concordancia con...
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