Disposición Nº 48/GCABA/SGISSP/15

FirmantesLechuga
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSecretarÍA General del Instituto Superior de Seguridad PÚBlica
Fecha de la disposición 9 de Octubre de 2015

VISTO:

El Decreto N° 556/10 y su modificatorio N° 752/10, la Nota N° 27832744/SGISSP/15,

el Informe N°

27831889/SGISSP/15 y el Expediente Electrónico N°

27833564/MGEYA/SGISSP/15, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita el reconocimiento del

gasto originado en la adquisición de cien (100) colchones y cien (100) almohadas para

los dormis de este Instituto;

Que por medio de Nota N° 27831744/SGISSP/2015, el Sr. Director Técnico,

Administrativo y Legal del Instituto Superior de Seguridad Pública, puso en

conocimiento de esta Instancia que en el mes de septiembre del corriente año se han

detectado una gran cantidad de casos de cadetes con conjuntivitis y escabiosis,

motivo por el cual a pedido del Área de Cadetes, el Sr. Director de Logística y

Mantenimiento debió retirar y reemplazar los colchones y almohadas utilizados por las

personas infectadas, dando cuenta de ello los documentos incorporados al Expediente

citado en el Visto mediante Informe N° 27831889/SGISSP/15;

Que mediante nota suscripta por el Dr. Gustavo Lozana, M.N. 97.674, e incorporada

en el Informe citado, el galeno del Área Médica de este Instituto consideró que, dado el

número importante de casos registrados (cadetes infectados), deben reemplazarse los

elementos mencionados, ya que no se encuentran en condiciones de ser

adecuadamente desinfectados;

Que dicha adquisición no admitió dilación alguna, circunstancia que impidió su

contratación mediante los procedimientos establecidos en la Ley N° 2095 y su

modificatoria;

Que se requirieron tres (3) presupuestos de distintas empresas del rubro, extremo que

satisface la exigencia establecida por el inciso b) del Artículo 2 del Decreto N° 556/10,

siendo que de las cotizaciones obtenidas, la realizada por la empresa "RAÚL E.

MÓNACO S.A." (CUIT 33-63877672-9), resultó ser la más Conveniente para los

intereses del Gobierno de La Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la citada empresa, se encuentra debidamente inscripta en el Registro

Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP), exigencia que da

cumplimiento a lo dispuesto en el inciso c) del Artículo 2 del Decreto N° 556/10, en

concordancia con...

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