Disposición N° 472/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 3 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 472/DGIUR/19
Buenos Aires, 22 de ade 2019
VISTO: El Expediente Nº 9.865.677/2019 por el que se consulta sobre la factibilidad
de localizar los usos "Café, bar", para el inmueble sito en la calle Estados unidos Nº
2402, Planta Baja, que ocupa una superficie total de 42m², y
CONSIDERANDO:
Que el predio se encuentra emplazado, según lo establecido en el Artículo 3.2.13. - del
Código Urbanístico - Ley 6099/18, en el Área de Alta mixtura de usos del suelo A (4);
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
11457115-DGIUR-2019, indica que respecto al uso solicitado "Café-Bar" del Cuadro
de Usos del Suelo Nº 3.3.2 se encuentra contemplado en la descripción
"1.5.Alimentación en general y gastronomía" se indica "SI" (Permitido en el Área de
Mixtura de Usos) con la referencia "26" para estacionamiento (Salón de 150m² o más:
20%, como mínimo, de la superficie total del salón) y en Observaciones (Si cuenta con
envío a domicilio debe cumplir también con referencia 38 de EST. Donde se sirven y/o
expenden bebidas y/o comidas para consumo en el local o para envío a domicilio con
atención de público (restaurante, café, bar, etc.). No incluye música y canto,
espectáculos en vivo, etc." y para Bici con el numeral "b" (Salón de 150m² o más: 30%,
como mínimo, de la cantidad de los módulos de estacionamientos), no necesitando
consulta a este organismo; Que respecto al estacionamiento, con la referencia "26" y
para "Bici" la referencia "b", como el salón es menor a 150m² no es obligatorio su
cumplimiento.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase, desde el punto de vista urbanístico, la localización del uso:
"1.5.Alimentación en general y gastronomía", para el inmueble sito en la calle Estados
unidos Nº 2402, Planta Baja, con una superficie a habilitrar de 42m² (Cuarenta y dos
metros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de
aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de
su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación
pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de
pleno derecho lo autorizado precedentemente.
Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese
en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.
Copola
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5609 - 03/05/2019

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